Una jueza de Tarragona ha ordenado detener a la diputada de la CUP en el Parlament Laia Estrada para tomarle declaración como investigada en una causa abierta por presuntos desórdenes públicos en la protesta en la ciudad contra el Consejo de Ministros de 2018 de Barcelona, pese a que la parlamentaria está aforada ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).
Todos los parlamentarios catalanes gozan de inmunidad (no pueden ser detenidos si no es en caso de flagrante delito) así como de un fuero especial que hace que no puedan ser investigados por el juez ordinario, sino tan solo el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) o, si el delito trasciende de las fronteras de la comunidad, por el Tribunal Supremo.
En un auto, la jueza ordena la detención de la diputada para llevarla al juzgado y tomarle declaración, que es la única diligencia que falta para terminar la instrucción de la causa, después de que Estrada no acudiera en dos ocasiones a su citación “sin ofrecer causa justificada”. En concreto, Estrada plantó a la jueza en diciembre de 2020 y enero de este año, antes de obtener su escaño en las elecciones del pasado 14 de febrero.
Asimismo, en una providencia, la magistrada indica que procede a finalizar la instrucción del caso tomando declaración a Estrada tras recibir una resolución del TSJC. Sin embargo el auto de la Sala Civil y Penal del TSJC no era ni mucho menos un aval a la detención de Estrada, sino más bien una crítica a la instrucción realizada por la magistrada.
De hecho los jueces del TSJC tildan de “prácticamente inexistente” la investigación respecto a Estrada, y la califican de “totalmente insuficiente” para atribuir a la diputada su participación en un presunto delito de desórdenes públicos. Recuerdan además a la magistrada que la forma de proceder correcta era elevar una exposición razonada sobre los motivos por los que el TSJC debía asumir la investigación contra Estrada, y no enviar toda la causa, en la que están investigadas otras cinco personas que no son aforadas.
Por todo ello el TSJC acordó el pasado 3 de mayo remitir la causa al juzgado de Tarragona ya que estaba “indebidamente elevada” e indicar a la magistrada que, si decidía remitir una exposición razonada respecto a Estrada, el documento debía contener únicamente los “concretos particulares” que afectaran a la conducta de la diputada en la manifestación contra el Consejo de Ministros y su tipificación penal.
“En las protestas en Tarragona en las que yo participé nos dedicamos a andar muchísimo y no hubo ningún tipo de desorden ni violencia. Pero a mi y a otras personas nos imputan delitos de desórdenes públicos, lo que implica violencia”, ha lamentado Estrada en declaraciones a la prensa a las puertas del Parlament.