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La Justicia acaba con la inmersión lingüística en Catalunya y obliga a que un mínimo del 25% de las clases sean en castellano

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha acabado con el sistema de inmersión lingüística en Catalunya. La Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal catalán ha aceptado el recurso que la Abogacía del Estado interpuso en 2015, bajo el Gobierno del PP, y ha obligado a que un mínimo del 25% de las clases sean en castellano. La sentencia, que la Generalitat ya ha anunciado que recurrirá al Supremo, establece que todos los alumnos deberán recibir “de manera efectiva e inmediata” el nuevo modelo de enseñanza.

En su sentencia, los jueces consideran que el uso vehicular de la lengua castellana en el sistema de enseñanza de Catalunya “es residual, o al menos así es en una parte significativa de centros”, algo que supone “una infracción del marco jurídico vigente”. En consecuencia, los magistrados ven necesario fijar un uso vehicular mínimo de las lenguas oficiales, algo que no ocurría hasta ahora, para “enderezar la actual situación contraria a ordenamiento”.

Los jueces determinan “una presencia mínima” del castellano en la escuela en Catalunya del 25% de las horas lectivas que, además de la enseñanza de la propia lengua oficial debe incluir íntegramente al menos el de otra asignatura no lingüística curricular de carácter troncal. Es la primera vez que el TSJC fija este porcentaje para el conjunto de escuelas catalanas, pues hasta ahora solo lo había acordado para una decena de alumnos cuyas familias habían recurrido a título particular el sistema de inmersión.

Al tratarse de un recurso del Gobierno de 2015, los jueces no se pronuncian sobre la nueva ley de Educación que aprobará el Congreso y que, según el Govern, blinda el sistema de inmersión. En este sentido, la conselleria catalana de Educación ha asegurado que la 'ley Celaá' “dejará sin efecto” esta sentencia cuando entre en vigor.

De todas formas, la nueva norma difícilmente podrá revertir el final del sistema de inmersión establecido en la sentencia de este jueves, ya que su interpretación por los tribunales estaría condicionada por la jurisprudencia el Tribunal Constitucional que desde su sentencia del Estatut, estableció que la naturaleza oficial de las dos lenguas “impone necesariamente su uso vehicular” en las aulas. Esto se traduce, recuerdan los jueces, en que no existe “preferencia” del catalán sobre el castellano en el sistema educativo.

Además del marco legal y de la doctrina constitucional, para tomar su decisión los jueces pidieron al Govern una muestra sobre la lengua empleada en los centros. De 184 escuelas e institutos analizados, solo en un 2% de los centros de primaria y en un 12% de secundaria se impartían un 25% de clases de materias troncales en castellano. La “media de horas de utilización del castellano” en los centros, agregan los jueces, es del 18% en el caso de la educación primaria, un 19% en la ESO y un 26% en el bachillerato.

Una vez el Supremo confirme la sentencia, la Generalitat estará obligada a adoptar “las medidas que sean necesarias” para “garantizar un uso vehicular normal” del catalán y el castellano en el sistema educativo, que los jueces fijan en un mínimo del 25% de las horas lectivas y una materia troncal que no sea la lengua con el objetivo de “evitar un uso simbólico y residual” del español.

Por el contrario, los jueces rechazan la petición que hizo el Gobierno del PP para que las preinscripciones escolares incluyeran la opción de elegir el castellano como lengua vehicular en la primera enseñanza. Si se cumple el porcentaje mínimo del 25%, argumentan los jueces, ya queda garantizado el acceso y uso de ambas lenguas desde infantil. “El principio de no discriminación de los alumnos por razón de lengua establecido en el Estatut impone un sistema de única línea bilingüe, sistema que exluye por su propia naturaleza la libertad de opción por parte de los usuarios”, agrega la sentencia.

Actualmente, la lengua de uso en las aulas de Catalunya es el catalán, aunque cada centro educativo tiene potestad para aprobar un proyecto lingüístico que permita hacer más docencia en castellano, inglés o los idiomas que se consideren necesarios. De hecho, la propia conselleria de Educación aprobó un plan lingüístico al inicio de la legislatura que animaba a reforzar el castellano en zonas más catalanohablantes y viceversa, según el nivel del alumnado.

La nueva ley de educación que está a punto de aprobarse en España, la LOMLOE elaborada por el actual Gobierno, introduce cambios en materia de lenguas cooficiales y elimina la mención del castellano como lengua vehicular. Los impulsores de esa modificación, los partidos nacionalistas, defendieron que servía para blindar la inmersión. Así lo interpretaron también los partidos de derechas, como PP y Ciudadanos, para atacar al Ejecutivo. Pero lo cierto es que el texto sigue reconociendo el “derecho” a recibir enseñanza en castellano.