Nueva condena al banco ético holandés Triodos por el producto financiero CDA, una especie de participaciones que con la pandemia vieron congelada su negociación y que dejaron atrapados a miles de inversores sin poder recuperar su dinero. Si primero fue un juzgado de Pamplona, ahora un magistrado de Barcelona ha sentenciado que el banco incumplió con sus obligaciones contractuales y le ha obligado a devolver el dinero a un cliente.
En su sentencia, el juez estima la demanda que presentó un cliente de Triodos representado por el Col·lectiu Ronda, y condena al banco a devolver los 18.228 euros que el cliente invirtió en CDA, más las comisiones, los gastos de custodia y los intereses. El banco puede recurrir la sentencia ante la Audiencia de Barcelona.
Se trata de la primera sentencia conocida en Catalunya sobre el caso de los CDA. Estos títulos fueron la herramienta con la que Triodos financió y captó fondos para sus distintos proyectos. Los títulos corresponden a participaciones indirectas en el banco. Los clientes podían cobrar dividendos pero no tenían derecho a voto, que se mantenía en la fundación propietaria del grupo. Los títulos podían intercambiarse en un mercado interno del banco donde la propia entidad marcaba su valor en función de los resultados y la evolución del negocio, entre otros factores.
Sin embargo con la pandemia la entidad bancaria suspendió el mercado interno de cotización de los CDA y al reabrirlo había muchos más clientes que querían vender los títulos que no opciones de compra. Ello obligó a la entidad a impulsar un plan alternativo con la puesta en marcha de un mercado similar a una Bolsa de valores donde se podrían intercambiar estos títulos. Pero para entonces muchos clientes vieron que los títulos habían perdido gran parte de su valor, lo que se tradujo en varias demandas en los juzgados contra Triodos.
En la sentencia conocida este lunes, el juez de Barcelona es rotundo y declara que la nueva situación generada tras la crisis del COVID-19 ha provocado que los clientes que adquirieron CDA “estén sufriendo la materialización de unos riesgos imprevistos en el contrato, esto es, la imposibilidad de recuperar sus ahorros en el momento en que los necesiten y una pérdida de valor patrimonial inaceptable”.
Según expone el magistrado, la derivación que Triodos hizo de las opciones a un mercado secundario impidió a los clientes reclamar el dinero, lo que supuso un incumplimiento del contrato inicial.
En un comunicado, el abogado Òscar Serrano, del Col·lectiu Ronda, ha recalcado que a día de hoy, la situación de los clientes que adquirieron los CDA es “completamente diferente y ha dado un giro inesperado” al momento de su compra, ya que el banco modificó “unilateralmente” las condiciones causando un “grave perjuicio” a los usuarios.