La portada de mañana
Acceder
El jefe de la Casa Real incentiva un nuevo perfil político de Felipe VI
Así queda el paquete fiscal: impuesto a la banca y prórroga a las energéticas
OPINIÓN | 'Siria ha dado a Netanyahu su imagen de victoria', por Aluf Benn

Absuelven a cuatro jóvenes de crear altercados en Can Vies por las contradicciones del relato de los Mossos

Nueva absolución en un caso de Can Vies. La titular del juzgado de lo penal 18 de Barcelona ha exculpado a cuatro jóvenes de los delitos de desórdenes públicos y atentado a la autoridad por los que la Fiscalía reclamaba tres años y medio de cárcel para cada uno. La magistrada no ve acreditado que los jóvenes lanzaran piedras a furgones antidisturbios por las contradicciones en el relato de los hechos de los agentes de los Mossos d'Esquadra que comparecieron durante el juicio.

Sólo uno de los agentes que participó en el juicio señaló a los acusados como las personas que lanzaron piedras contra las furgonetas de los Mossos el 28 de mayo de 2014. Lo vio, según su versión, porque bajó del furgón para desmontar una barricada, algo que entró en contradicción con el mosso que conducía el furgón, que afirmó que en el momento del impacto todos los agentes se encontraban en su interior y ninguno había descendido.

El resto de agentes dijeron que sólo escucharon varios impactos y que vieron correr a un grupo de personas, sin poderlas identificar. Asimismo, la jueza destaca el cambio de versión policial en el juicio respecto al atestado del día de los hechos: si en 2014 los Mossos escribieron que los acusados intentaron huir por la calle Olzinelles, durante el juicio afirmaron que lo hicieron por la calle Burgos.

La magistrada considera probado que un grupo de alborotadores que no ha podido ser identificado lanzó varias piedras a furgonetas policiales, en el marco de una noche de barricadas y cargas de los antidisturbios. No obstante, no ve “acreditado” que los cuatro acusados participaran en los disturbios. Todo lo contrario: la jueza da total credibilidad a la versión de los acusados, que negaron cualquier relación con los hechos. Dos de ellos además se refugiaron en un bar para evitar los disturbios.

El abogado de dos de los jóvenes, Eduardo Cáliz, de la organización antirepresiva Alerta Solidària, ha considerado la sentencia “un golpe a la táctica criminalizadora” de la Fiscalía hacia los movimientos sociales así como un “cuestionamiento” de la actuación de los Mossos d'Esqudra. “¿Quién compensa a estos jóvenes por los tres años que han estado con la espada de Dámocles de la petición de cárcel?”, ha lamentado.

Las protestas y altercados por el desalojo del emblemático centro social okupado de Can Vies comportaron la detención de 84 personas. De los casos que llegaron a juicio por algún delito –básicamente desórdenes públicos o atentado a la autoridad– una mayoría se resolvieron con sentencias condenatorias a penas mínimas.

Las condenas tuvieron en común que se basaron en buena medida en el testimonio de agentes de los Mossos d'Esquadra, lo que llevó a muchas defensas a recurrir ante la Audiencia de Barcelona. En algunas causas, los magistrados de la Audiencia dieron la razón a las defensas y revocaron las condenas impuestas en primera instancia.

Entre los juicios que terminaron absolución también destacó el del casteller Sergi Rubia, que tras pasar 23 días en prisión preventiva acabó exculpado debido a la “confusa, imprecisa e incompleta” identificación por parte de los Mossos. Los sucesos de Can Vies también llevaron a juicio agentes de los antidisturbios de la policía catalana. Uno de ellos fue condenado a una pena mínima por aporrear la cabeza de un joven sin motivo. Y está pendiente de juicio el caso de los antidisturbios que acorralaron y aporrearon a manifestantes dentro de un portal de Sants.