Archivadas las querellas interpuestas contra los Mossos d'Esquadra por el presunto caso de espionaje contra políticos de la oposición y líderes constitucionalistas. Un juez de Barcelona ha decidido sobreseer todas las denuncias interpuestas contra miembros del cuerpo autonómico a raíz de la documentación encontrada en una intervención de la Policía Nacional cuando los Mossos llevaban varios legajos a destruir en la incineradora de Sant Adrià del Besòs.
En el auto, avanzado por La Vanguardia y al que ha tenido acceso este diario, el juez rechaza las acusaciones formuladas por los querellantes y sostenidas en base a diversos informes de la Policía Nacional, según los cuales los Mossos habrían hecho seguimientos y escuchas ilegales por motivos políticos a diferentes personas contrarias al independentismo, de las que además guardarían archivos.
El abogado José María Fuster-Fabra se querelló contra la policía catalana en nombre de algunas de las personas que salían en los informes de la Policía Nacional como supuestos espiados, entre ellos líderes sindicales de los Mossos o periodistas como Albert Castillón, así como el exdetective de Método 3 Julián Peribáñez, el exlíder de Sociedad Civil Catalana José Ramón Bosch y los políticos de Ciudadanos y el PP David Heredia y Sergio Santamaría. En total, la investigación del juzgado de instrucción 22 de la capital catalana acumuló 17 querellas o denuncias.
Tras un año de investigación, el juez concluye que la policía catalana sí mantuvo abiertas informaciones o investigaciones sobre algunas personas, pero descarta que fueran por motivos políticos. El instructor da veracidad total a lo aducido por el comisario jefe de los Mossos d'Esquadra, esto es, que se recabaron datos abiertos sobre distintas personas “con el fin legítimo de garantizar el orden público frente a posibles alteraciones”, algo que el juez tilda de “necesario en una sociedad democrática”.
“No puede concluirse que las investigaciones no estuvieran guiadas por el propósito de salvaguardar el interés público y por lo tanto no son una desviación de poder”, zanja el juez.
Al contrario que los querellantes, el juez destaca que toda la información en poder de la policía catalana se obtuvo y almacenó de forma legal. “No existe ninguna intromisión en ningún fichero secreto, no se ha intervenido teléfono alguno, no se ha interceptado correspondencia ni entrado en ningún domicilio”, afirma el magistrado, que apostilla que “ninguno de los datos que constan en la documentación y que se refieren a los querellantes y denunciantes, afecta a la vida íntima”.
Esta es la tesis que los Mossos alegaron en el informe remitido al juzgado y también la defendida por los jefes policiales que declararon en sede judicial sobre estos hechos. En opinión del juez, los mandos policiales justificaron la obtención de toda la información recabada. El juez además considera que la destrucción de esta documentación no tuvo motivación política, y descarta por tanto la presunta prevaricación en la obtención de la información como la malversación de fondos públicos por ser una actividad legal y no haber partidas expresamente destinadas a este fin.
El caso ahora archivado comienza el pasado 26 de octubre de 2017, cuando agentes de la Policía Nacional intervinieron diverso material a una comitiva de los Mossos d'Esquadra que se dirigía a la incineradora del Besòs para destruirla. Los documentos intervenidos con autorización de la Audiencia Nacional fueron objeto de controversia, pues según los informes de la Policía Nacional revelaban un supuesto sistema de espionaje de los Mossos contra la oposición en el Parlament y líderes sociales constitucionalistas.
El revuelo político también fue notable, con episodios como el que protagonizó el exlíder del PP catalán Xavier García Albiol, que negó que los Mossos lo hubieran espiado horas después de acusar a Puigdemont de ordenarlo. Las tesis de la Policía Nacional sirvieron para que toda la oposición del Parlament forzara la creación de una comisión de investigación pero que el juez ha descartado.
Los Mossos han recibido con satisfacción la resolución judicial. “Desde la Dirección General de la Policía y la Jefatura de los Mossos se ha mantenido siempre que todos los procedimientos por parte de este cuerpo se han basado solo en criterios policiales y negado tajantemente cualquier tipo de motivación política”, ha recordado en un comunicado la policía catalana.
Los afectados recurren
Los afectados han recurrido ante la Audiencia de Barcelona el archivo de la causa. En su recurso, el abogado José María Fuster-Fabra, que firma como afectado y también como representante del resto de afectados, sostiene que “se han tratado de alterar derechos tan fundamentales como el derecho de defensa, el derecho a la información, el derecho a la libre circulación sin ser vigilado, observado y espiado”.
En el recurso, Fuster–Fabra califica las explicaciones que dio el comisario jefe de la Comisaría de Información, Manel Castellví, de poco precisas, y asegura que incurrió durante su declaración “falsedades”. “Nunca, jamás se ha producido un hecho similar en la Europa democrática, el seguimiento y el control sobre personas exclusivamente por defender la legalidad vigente y por supuesto no siendo sospechosas de delito alguno”, argumenta Fuster-Fabra.