Segundo revés de la jueza de vigilancia penitenciaria de Barcelona a la intención de la Fiscalía de limitar los permisos para salir de prisión de los presos del procés. En un auto, la magistrada acuerda permitir, en contra del criterio de los fiscales, el permiso de 72 horas que la prisión de Lledoners (Barcelona) propuso para el exlíder de la ANC Jordi Sànchez, como ya ocurrió hace una semana con Jordi Cuixart. Recuerda la magistrada a los fiscales que la normativa penitenciaria no obliga a los presos a “arrepentirse” y que Sànchez sí ha mostrado “voluntad de cambio” respecto a los hechos del otoño soberanista de 2017.
La magistrada expone, en base a los informes de los psicólogos de Lledoners, que Sànchez “es consciente que se debería haber actuado de otra forma” en septiembre y octubre de 2017, y que en su caso concreto –como dijo en el juicio y en entrevistas con medios– no tiene problemas para reconocer a los profesionales de la cárcel que si volviera a vivir el 20-S no se subiría a un coche de la Guardia Civil.
“El interno asume la responsabilidad de los hechos delictivos y muestra voluntad cambio, pero no está conforme con la calificación jurídica y reitera su inocencia”, describe la jueza, que ve “legítimo” que Sànchez siga defiendo que no cometió un delito de sedición aunque fuera condenado por ello “porque la normativa penitenciaria no impone la obligación al condenado a arrepentirse ni a que se declare culpable y que prescinda de su declaración de inocencia”. Por el contrario, el Ministerio Público exigía arrepentimiento a los presos del procés antes de abordar la concesión de permisos.
Los únicos criterios, recalca la magistrada, para tener en cuenta a la hora de conceder un permiso son la buena conducta y que el interno haya cumplido un cuarto de la pena. Y ambos supuestos se cumplen con Sànchez: el exlíder de la ANC ya ha cumplido casi dos años y medio en prisión de los nueve a los que fue condenado y los informes de la cárcel resaltan su “relevancia colaboración” en las actividades con otros internos y los profesionales penitenciarios.
El auto de la jueza sobre Sànchez llega antes de que la misma magistrada se tenga que pronunciar sobre una medida penitenciaria mucho más relevante para los presos del procés que un permiso de 72 horas. Se trata de la autorización de las cárceles catalanas para que los presos del procés salgan entre semana a trabajar o realizar labores de voluntariado y que la Fiscalía ha pedido revocar a la magistrada.
El resto de argumentos de la jueza para avalar el permiso de 72 horas son análogos a los que expuso para Jordi Cuixart. La jueza rechaza que Sànchez realice un programa de tratamiento penitenciario específico sobre la sedición –para empezar, porque no existe– y advierte de que “no puede pretenderse” que los presos participen en programas penitenciarios “para cambiar o modificar su pensamiento o ideología política”.
El pensamiento independentista de Sànchez, abunda la jueza, es “legítimo dentro de nuestro ordenamiento jurídico, puesto que ello forma parte del programa de diversos partidos políticos activos en Catalunya, y ni tales partidos ni sus programas electorales han sido declarados inconstitucionales”.