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Llarena rechaza la petición del juez del 13 y de la Fiscalía de imputar por rebelión a Jové y Salvadó

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, ha rechazado incluir en la causa por rebelión a los excargos de la Generalitat Josep María Jové y Lluis Salvadó, ambos de ERC, al no apreciar indicios que justifiquen su imputación por rebelión que está investigando. El magistrado deniega así la petición que le había realizado el titular del juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer, que instruye otra causa sobre los preparativos del referéndum en la que mantiene imputados a los exaltos cargos. La Fiscalía apoyaba que el Supremo imputara por rebelión a Jové y por malversación a Salvadó.

Llarena asegura en un auto que la exposición razonada enviada por Ramírez Sunyer no muestra que se hayan recogido fuentes de prueba que permitan sostener que la aportación al 'procés' de Jové o Salvadó “haya tenido lugar con conocimiento de que se instrumentalizarían alzamientos ciudadanos violentos para la consecución de la independencia”. En consecuencia, Llarena descarta los indicios presentados por Ramírez Sunyer para justificar que Jové y Salvadó se incorporen a la causa por rebelión se investiga en el Supremo.

En su escrito, Ramírez Sunyer instó a Llarena a incluir en la causa contra el 'procés' a los dos exaltos cargos porque Salvadó y Jové “aceptaban plenamente la posibilidad de que para el logro de sus fines se requiriesen actos de violencia al tener que acudir a la vía de la declaración unilateral”. Cabe recordar que el delito de rebelión castiga el alzamiento violento y público y el último condenado en España por este delito fue el coronel Tejero por el 23-F.

Llarena descarta sumarse a la tesis de Ramírez Sunyer, y sostiene que por más que Jové y Salvadó “actuaran con el ideario de conseguir la independencia”, fueron detenidos en la operación del 20 de septiembre, lo que limitó su participación en el 1-O. Ramírez Sunyer, según Llarena, no ha descrito ningún indicio que muestre que los exaltos cargos siguieran impulsando el referéndum después del 20-S.

Por todo ello, Llarena señala el camino a Ramírez Sunyer sobre la instancia que debe tomar declaración como imputados a los dos exaltos cargos: el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), dada la condición de aforados de ambos por ser diputados del Parlament.