La jueza de Manresa (Barcelona) que investiga la intervención de la Guardia Civil el 1-O en la comarca del Bages ha dado carpetazo a las denuncias de una veintena de votantes heridos por los agentes en dos escuelas de Callús y Sant Joan de Vilatorrada. Tal y como había argumentado al archivar la investigación de las cargas en el pueblo de Castellgalí, la titular del juzgado de instrucción 2 de Manresa niega que a los votantes de ambos municipios les amparase el derecho de reunión y concluye que la actuación policial fue “legítima” ante la resistencia de los concentrados en los centros.
La decisión de la jueza de Manresa contrasta con las pesquisas que lleva cabo el juez de Barcelona que investiga la actuación policial en la capital catalana. El titular del juzgado de instrucción 7 de Barcelona tomará este martes declaración como testigo a José Antonio Nieto, exsecretario de Estado de Seguridad y exnúmero dos del exministrio del Interior Juan Ignacio Zoido.
El instructor, además, ha solicitado para incorporar a la causa una copia de la declaración testifical en el juicio del procés del exjefe de la Policía Nacional en Catalunya, el comisario ahora jubilado Sebastián Trapote. Según el recién nombrado concejal de Transparencia y Derechos Civiles del Ayuntamiento de Barcelona –que ejerce la acusación popular–, Marc Serra, el testimonio de Trapote “puede ser determinante para identificar quién ordenó cargar de forma indiscriminada contra la ciudadanía”.
Las diligencias van en la línea de lo ordenado por la Audiencia de Barcelona, que instó al magistrado a indagar en la cadena de mando del operativo. Y es que los magistrados de la Audiencia de Barcelona han insistido en que no se pueden archivar las pesquisas sobre la actuación policial concreta en cada centro sin abordar las órdenes globales del operativo.
Los magistrados lo han vuelto a reiterar en cuatro autos de este mes de junio, en los que rechazan el archivo de la investigación decretado por el juez en los colegios en el departamento de Enseñanza, la escuela Mare Nostrum y los institutos Jaume Balmes y Víctor Català de la capital catalana.
Los motivos para reabrir las pesquisas son los mismos que los magistrados de la sección 3 de Audiencia de Barcelona ya habían aducido en anteriores ocasiones. Los magistrados reiteran que antes de decidir el archivo de cada una de las piezas separadas sobre lo ocurrido en cada centro de votación se debe llevar a cabo una “investigación global” del dispositivo, que no se limite a la actuación policial concreta en cada uno de los 27 centros de votación donde los agentes intervinieron para impedir la votación.
En sendos autos, la Audiencia considera “prematura” la decisión del juez que, pese a que archivó la causa, mantiene abierta una investigación con unos cuarenta policías imputados por las cargas en varios puntos de votación de Barcelona el 1-O. Los magistrados estiman el recurso del Ayuntamiento y concluye que es necesario “llevar a cabo una completa investigación” para “dilucidar si la actuación policial se limitó a cumplir estrictamente lo ordenado por el TSJC empleando la mínima fuerza indispensable o bien hubo una utilización desproporcionada de la violencia”.
Carpetazo en Manresa
En el caso de Manresa, vecinos interpusieron denuncias por las supuestas lesiones causadas por la actuación de los agentes durante el 1-O, entre ellos el alcalde de Callús, Joan Badía (ERC), que recibió “un empujón” tras manifestar “su negativa a colaborar” con la Guardia Civil, que quería acceder a las instalaciones de la escuela Joventut y “ejecutar la orden de la resolución judicial”.
Después de haber practicado las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, la juez ha ordenado archivar estas causas porque “ninguna de las imágenes refleja un exceso policial susceptible de imputación, ni se advirtió que la acción causante de lesiones fuera desproporcionada”. De hecho, las cargas policiales en Callús se saldaron con nueve heridos, lo que, según el auto, demuestra que el uso de la fuerza fue “mínimo e imprescindible”, teniendo en cuenta que había “unas 300 personas congregadas para obstaculizar la actuación policial”.
Los autos de la jueza contienen críticas a la Generalitat y destacan por negar que a los concentrados les amparara el derecho de reunión, ya que, argumenta la magistrada, estaban reunidos en un acto ilegal. “Parte de la población catalana, alentada por la Generalitat y asociaciones independentistas, en clara contravención e ignorando deliberadamente lo establecido por el Tribunal Constitucional y el TSJC, acudió a los llamados colegios electorales a fin de realizar una votación que estaba fuera del orden constitucional y de la legalidad más evidente”, destaca la magistrada.
“Y no solo eso –abunda– sino que muchos de ellos, con la finalidad de impedir la actuación que los agentes de los cuerpos y fuerzas de seguridad se concentraron a las puertas de la escuela Joventut, a fin de impedir el acceso de las fuerzas del orden actuantes”. Por todo ello, el auto concluye que el uso de la fuerza por parte de la Guardia Civil fue “proporcionado” en cumplimiento “de un deber impuesto legalmente”, lo que “no puede suponer la comisión de un delito, aunque el resultado sea el típico de una determinada figura delictiva”.