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Puigdemont pide al Supremo anular los acuerdos de la Junta Electoral que le dejaron sin acta de eurodiputado

Nueva batalla legal del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín. Los dos eurodiputados electos de Junts per Catalunya han pedido al Tribunal Supremo anular los acuerdos de la Junta Electoral Central (JEC) que les dejaron sin acta al impedir que tomaran posesión del cargo a distancia, mediante un acatamiento ante notario belga de la Constitución y por delegación.

En una demanda de más de 200 páginas, Puigdemont y Comín piden al Supremo que proteja sus derechos fundamentales que creen que la JEC ha vulnerado. En concreto, ambos políticos argumental que al impedirles ejercer de eurodiputados, la Junta Electoral vulneró su derecho a acceder a los cargos públicos en condiciones de igualdad, así como a la igualdad de trato y a la libertad ideológica y de expresión comprendidos tanto en la Constitución española como en los tratados de la Unión Europea.

El núcleo de la demanda se centra en dos acuerdos de la JEC del pasado mes de junio. En el primero, el ente electoral rechazó el acatamiento a distancia de la Constitución que intentaron Puigdemont y Comín al considerar que debían hacerlo de forma presencial. Al faltar este trámite, en un segundo acuerdo la JEC declaró vacantes sus escaños y comunicó al Parlamento Europeo que ni Puigdemont ni Comín habían adquirido la condición de eurodiputados.

A crtierio de la defensa de Puigdemont y Comín, la negativa de la JEC a su acatamiento a distancia de la Constitución supuso la introducción de una condición “más gravosa” cuando tanto la regulación electoral como la relacionada con las condiciones para ejercer el cargo “se encuentran sujeto al derecho de la Unión Europea”. Cabe recordar que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sostuvo que eran las autoridades españoles quien debían resolver si los dos políticos podían acatar la Constitución a distancia.

En este sentido, Puigdemont y Comín señalan además el agravio que, a su juicio, supone el hecho de que una treintena de senadores electos o nombrados por los parlamentos autonómicos de todos los partidos acataran la Constitución por documento notarial, sin que la Junta Electoral lo impidiera ni se encontraran de baja por enfermedad grave, uno de los supuestos permitidos por la normativa.

“No parece que exista ni justificación objetiva y razonable ni amparo legal de ningún tipo para que el requisito de acatamiento se tenga que cumplir de forma presencial respecto de los diputados electos al Parlamento Europeo, pero se pueda cumplir en documento en el caso de los senadores”, razonan Puigdemont y Comín.

Fuentes parlamentarias consultadas por eldiario.es han rechazado comparar ambos casos porque pese a que los senadores electos, al igual que los eurodiputados, sí pueden presentar un documento notarial de acatamiento a la Constitución, la condición plena de senador no se adquiere hasta que se confirma la presencia de los senadores en el pleno.

Asimismo, en caso de que la Sala de lo contencioso administrativo del Supremo no admitiera la demanda, Puigdemont y Comín piden a los jueces que remitan la controversia al Tribunal de Justicia de la Unión Europea y planteen quince cuestiones prejudiciales, que se sumarían a las que ya planteó la Sala de lo penal cuando sobre la condición de eurodiputado de Oriol Junqueras.

En concreto, Puigdemont y Comín piden que la justicia europea dictamine si la adquisición de la condición de eurodiputado está sujeta al derecho de la UE o al nacional o si la independencia del mandato de los eurodiputados “se opone” a la normativa que obliga a los electos a jurar la Constitución, entre otras cuestiones.