El expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez y los exconsellers Jordi Turull y Josep Rull han presentado un incidente de nulidad ante el Supremo contra la sentencia que les condenó a entre 9 y 12 años de cárcel por sedición en el procés. La petición de nulidad es un paso previo para acudir al Tribunal Constitucional, si bien la defensa de los tres líderes independentistas reconoce que tiene pocos visos de prosperar.
En su escrito, el abogado de los tres presos de JxCat, Jordi Pina, insiste en la denuncia de vulneración de derechos fundamentales de sus clientes a lo largo del procedimiento, pero pone el foco en dos aspectos de la sentencia: las “penas desproporcionadas” que, a su juicio, vulneran el principio de legalidad penal, y la lesión que el castigo impuesto por el Supremo supone, a su juicio, en los derechos fundamentales a la libertad, reunión pacífica y libertad de expresión e ideológica.
La defensa afea “la imposición de penas desproporcionadas respecto de la gravedad” de los hechos probados en la sentencia. En el caso de Jordi Sànchez, argumenta el recurso, la sentencia lo condena por convocar las movilizaciones del 20-S y el 1-O, si bien no le imputa los destrozos en los coches de la Guardia Civil o las lesiones concretas de los agentes. Y pese a ello, añade, ha sido condenado a nueve años, lo que a criterio de la defensa “genera un evidente efecto restrictivo desalentador en el ejercicio de derechos fundamentales, en especial de reunión y de libertad de expresión e ideológica”.
“Por una perturbación del orden público que no ha supuesto daños personales relevantes y en la que no se esgrimieron armas, se han impuesto a los acusados penas gravísimas de prisión que rayan o superan los diez años de privación de libertad”, razona Pina en su escrito, donde también reprocha al tribunal una “falta absoluta de motivación” de los delitos por los que condenó a los líderes del procés.
Además de la denuncia de vulneración de derechos como el de defensa o a un juez imparcial, los condenados –que piden que sea un tribunal diferente quien decida sobre sus recursos– también alegan una afectación al derecho a un proceso con todas las garantías por las filtraciones producidas días antes de hacerse pública la sentencia.
La defensa de los tres políticos, que en esta ocasión no concurren como candidatos por JxCat al estar condenados en firme, reprocha a la Sala una “voluntad de escarmentar a los máximos líderes políticos y sociales del movimiento independentista” y recuerda que ningún ciudadano que acudió a votar en el referéndum del 1-O, declarado ilegal, ha sido procesado por sedición.
Menciona, como hicieron sus defendidos en el juicio, que la convocatoria de referéndum no está tipificada como delito y recuerda en este punto la reciente propuesta del presidente del Gobierno en funciones y candidato del PSOE a la Moncloa, Pedro Sánchez, de reintroducir de este delito en el Código Penal. En base a eso, añade, “para los acusados resultaba sencillamente imprevisible que su actuación pudiera calificarse como constitutiva de un delito tan extraordinariamente grave como la sedición”.