La partida de ajedrez en que se ha convertido el caso Forcadell mantiene su principal incógnita por resolver. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado por tercera vez pronunciarse sobre si el derecho a la inviolabilidad parlamentaria, el principio que garantiza la libertad de expresión de los diputados, es un motivo de fondo para archivar la causa que investiga por desobediencia y prevaricación a la presidenta del Parlament.
La inviolabilidad parlamentaria es el principal argumento de la defensa de Carme Forcadell, que dirige el letrado Andreu Van den Eynde. Así lo manifestó en el escrito del pasado 5 de mayo en el que solicitó por primera vez el archivo de la causa, petición que fue rechazada el mismo día por la magistrada instructora, Maria Eugènia Alegret. En un escrito de solo siete líneas, la jueza argumentó que no era el momento procesal oportuno para resolverlo.
El mismo argumento formal repitió la magistrada para rechazar el recurso de súplica de la defensa, en el que, además, recordó a Forcadell que no la investigaba por un “delito de opinión”. Este viernes, en un auto, la sala civil y penal del TSJC ha avalado la decisión de la magistrada y ha rechazado el recurso de queja que había presentado la defensa de Forcadell.
La tesis se repite en la tres resoluciones judiciales: hasta que no se hayan practicado todas las diligencias, es decir, al final de la instrucción, no se resolverá el fondo del asunto sobre la inviolabilidad de Forcadell. “El archivo, dicho sea de paso, no puede solicitarse en cualquier momento de la instrucción”, añade el TSJC. Por contra, la defensa de Forcadell considera que Alegret no podía iniciar la instrucción del caso sin resolver la cuestión de fondo sobre la inviolabilidad de Forcadell al ser un derecho fundamental que tiene como diputada.
Con todo, salvo sorpresa de última hora, la magistrada rechazará, una vez completada la instrucción, que la inviolabilidad parlamentaria de Forcadell sea un argumento para archivar la causa. Y es que la sala civil y penal del TSJC ya advirtió en marzo de que la inviolabilidad parlamentaria no permitía “generar zonas inmunes al imperio de la ley”, y que solo amparaba las opiniones y los votos de los diputados.
De hecho, la tesis de acusación de la Fiscalía contra Forcadell y los otros cuatro miembros de la Mesa imputados tira de ese hilo y sostiene que su actuación al permitir los debates sobre el proceso constituyente y el referéndum no es una opinión sino un acto decisorio. En consecuencia, no pueden quedar bajo el paraguas de la inviolabilidad parlamentaria.
Millo declara con apuntes
La decisión del TSJC ha coincidido con una nueva jornada de interrogatorios en el marco del caso Forcadell, abierto por desobediencia al Tribunal Constitucional por permitir que el pleno del Parlament votara dos resoluciones a favor del referéndum. Este viernes han comparecido como testigos el delegado del Gobierno en Catalunya, Enric Millo, y el portavoz parlamentario de Ciutadans (C's), Carlos Carrizosa.
Dentro de la sala de interrogatorios, han informado fuentes judiciales, Millo ha leído algunos apuntes durante su declaración, algo que no permite la ley de enjuiciamiento criminal a los testigos salvo para consultar datos. Las mismas fuentes han explicado que, en su declaración, tanto Millo como Carrizosa se han mostrado convencidos, tal y como sostiene la Fiscalía, de que Forcadell y los demás imputados no podían permitir el debate sobre el referéndum porque así se lo había ordenado el Tribunal Constitucional.
Ya fuera del TSJC, Millo ha acusado a Carme Forcadell y a los demás miembros de la mesa imputados de “querer situarse por encima de la ley” al permitir el debate sobre el referéndum por el que están imputados.
Al caso Forcadell le queda una único testigo por declarar, la secretaria general de ERC, Marta Rovira, el próximo 17 de julio. Sin embargo, las fuentes consultadas no descartan que la instrucción se alargue ya que alguna de las defensas podría pedir la citación de más testigos o alguno de los imputados también podría acudir de nuevo a declarar voluntariamente,