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Un “atajo” policial libra a un expresidente del Valencia CF de la condena por un plan de secuestro con sicarios de su sucesor

Lucas Marco

24 de noviembre de 2021 22:45 h

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Un “atajo” de la Policía Nacional en la investigación del estrambótico plan de secuestro de un expresidente del Valencia CF a su sucesor ha propiciado que el Tribunal Supremo anule la condena al constructor Juan Bautista Soler, al hostelero italiano Ciro D'Anna y al ex jefe de seguridad de la discoteca Las Ánimas, Abdellatif Laaroubi, alias Tatí.

Una sentencia de la la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), de la que ha sido ponente el magistrado Manuel Marchena, considera que se vulneraron los derechos fundamentales de la variopinta banda que habría diseñado el supuesto secuestro de Vicente Soriano, una de las tramas más alucinantes que se recuerdan en la ciudad.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia condenó a Soler y a sus compinches a dos años de prisión valiéndose de las grabaciones que se ofreció a registrar un confidente policial. El análisis de la prueba “conduce de forma inexorable a negar su legitimidad”, según concluye el fallo, que repasa la jurisprudencia consolidada y alude a la “tentación del Estado de eludir las garantías constitucionales” de no confesarse culpable.

Así, Marchena reprocha a los investigadores el soslayo de la garantía constitucional “para el éxito de las pesquisas”. “El poder del Estado para la persecución y enjuiciamiento de hechos ilícitos no puede valerse de atajos”, sostiene el TS.

La mañana del 27 de marzo del 2014 Rachid Behdaoui, un delincuente habitual, puso en conocimiento de un agente del Grupo de Atracos de la Policía Nacional de Valencia del que era confidente, que había sido captado por un expresidente del València CF para secuestrar a su sucesor. El supuesto intento de secuestro habría estado motivado por la deuda de 80 millones de euros fruto de la venta del paquete mayoritario de acciones del València CF de Juan Soler a Vicente Soriano, que permitió al segundo ser presidente del club los años 2008 y 2009.

Aquella misma tarde, el confidente se reunió con los supuestos sicarios colombianos encargados de ejecutar el secuestro. La reunión con los supuestos sicarios fue grabada por la Policía que, debido a las maniobras de contravigilancia de los colombianos, tuvo que abortar el seguimiento para no poner en peligro la operación, según la declaración del jefe del Grupo de Atracos.

La sentencia considera que el confidente actuó como un “verdadero 'amicus denuntiatoris' al servicio de los agentes que asumieron el escalón inicial de la investigación”. Los agentes, tras el ofrecimiento de Rachid Behdaoui para grabar la supuesta reunión conspiratoria, le entregaron una grabadora marca Olympus y modelo VN-3100PC. Todo ello prescindiendo de autorización judicial.

Una “vía peligrosa”

Los integrantes del Grupo de Atracos de Valencia de la Policía Nacional alegaron en el juicio oral que, al inicio de las pesquisas, dosificaron la información del confidente para contrastarla con sus propias fuentes. Esa afirmación, sostiene el TS, “hace todavía más visible su condición de instrumento que los agentes suman a la investigación”. Uno de los agentes argumentó que “si fueran a Fiscalía con las primeras noticias que reciben en todos los casos sin haberlas contrastado, la colapsarían”.

Sin embargo, el magistrado Manuel Marchena considera que “aceptar sin reservas una declaración obtenida en estos términos supone abrir una inédita y peligrosa vía que permitiría a la investigación penal esquivar los 'perturbadores límites' que imponen las garantías de nuestro sistema constitucional”. La sentencia del TS destaca la posibilidad de usar un agente encubierto en un proceso penal pero, en todo caso, sin que su intervención dependa del “incontrolado interés en obtener a cualquier precio pruebas incriminatorias”.

En el caso de la disparatada trama, la grabación es el origen de la investigación. De hecho, el confidente fue testigo protegido durante meses, hasta que el Juzgado de Instrucción número 12 de Valencia revocó esa condición y lo citó en calidad de investigado. Rachid Behdaoui permaneció fugado tras ser condenado en 2015 a 16 años de cárcel por varios atracos. En 2017, Interpol comunicó a las autoridades españolas que el confidente estaba encarcelado en la prisión de Gibraltar por un delito de robo a mano armada.

Juan Bautista Soler siempre defendió que se trató de una suerte de montaje por parte del confidente policial (la sentencia de la Audiencia de Valencia, por el contrario, recordaba que la Policía observó a Soler “en actitud vigilante hacia la vivienda de Soriano”, del que es vecino, durante los días en que se sucedieron las reuniones con Ciro D'Anna y Tatí).

Aunque la Sala de lo Penal del TS reconoce que sus precedentes no siempre van “en la misma dirección”, resultan “abrumadoramente mayoritarias las decisiones que optan por la exclusión de la prueba obtenida por un particular con vulneración de derechos fundamentales”. Además, la grabación pudo haber sido manipulada, tal como declaró el confidente, “para dejar sólo lo que le interesaba en aquel momento” y eludir la presunta orden del expresidente del Valencia CF de abortar el supuesto plan de secuestro.

La propia sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia ya contenía un voto particular que abogaba por anular las grabaciones. El magistrado disidente argüía que los policías utilizaron al confidente como “agente provocador” sin autorización judicial para “obtener una confesión extraprocesal arrancada mediante engaño”.

La sentencia de Manuel Marchena pone fin a una de las más desafortunadas intrigas de la historia del club valencianista. Al final de la película, ni Soriano fue secuestrado ni Soler ha sido condenado.