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Mil pisos turísticos cada mes: claves de la nueva regulación del 'boom' en la Comunitat Valenciana

Turistas acceden a un apartamento en València. JESÚS CÍSCAR

Laura Martínez

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Los apartamentos turísticos se han triplicado en la Comunitat Valenciana en la última década. Los datos del Gobierno valenciano indican que en julio de este año había 105.111 viviendas registradas, frente a las 38.319 que había en 2015, una cifra que no tiene en cuenta los apartamentos irregulares, que podrían duplicarla. Solo en los seis primeros meses de 2024 se han registrado más de 6.000 apartamentos turísticos en el territorio. Ante este crecimiento desmedido y el malestar de las comunidades de vecinos, el Ejecutivo valenciano aprueba este viernes un decreto para tratar de controlar las viviendas turísticas.

El texto, elaborado por el departamento que dirige Nuria Montes, establece límites de pernoctaciones, es más exigente con las licencias y pasa la pelota de la regulación y el control a los ayuntamientos, ante la flagrante falta de personal en la inspección autonómica, que apenas supera la decena de trabajadores. La Generalitat cree que los ayuntamientos, en tanto administración más próxima, tiene más fácil la detección de estas irregularidad y permitirá a los municipios recaudar el importe de la sanción. Asimismo, permitirá a los municipios limitar las licencias de nuevos apartamentos cuando lo consideren. La cesión de las competencias será por petición del ayuntamiento, no de oficio, según matiza la Conselleria de Turismo. Estas son algunas claves de la nueva norma:

Limitación municipal. Los ayuntamientos pueden limitar las viviendas de uso turístico por barrios, distritos o edificios para controlar la saturación. En municipios valencianos como Dénia y Altea o el distrito de Ciutat Vella (València), las viviendas turísticas superan el 10% respecto al uso residencial.

Registro. Los propietarios de los pisos turísticos tienen hasta el 31 de diciembre para comunicar la referencia catastral de la vivienda registrada. De lo contrario, esta será dada de baja, perdiendo la licencia -y, por tanto, considerada alegal-. Las viviendas que operen sin licencia se enfrentan a las multas más elevadas previstas en la ley.

Sanciones. La norma establece sanciones que van desde los 100.000 a los 600.000 euros en las infracciones más graves. Serán consideradas así la negativa de las personas propietarias a facilitar la identidad de titulares o documentación de la vivienda y el alquiler por habitaciones.

Recepción. El decreto obliga a los apartamentos a disponer de un servicio de recepción y prohíbe los cajetines en los portales; es decir, que tendrá que ir una persona a entregar las llaves del apartamento. Asimismo, los inquilinos deberán constar en un registro, como sucede con los hoteles o casas rurales.

Normas de convivencia. Los propietarios podrán redactar ciertas normas de convivencia que, en caso de incumplirse, podrían llevar a la expulsión de los huéspedes del alojamiento sin indemnización ni derecho al reembolso.

Requisitos para las licencias. Los propietarios tendrán que renovar su declaración responsable cada cinco años con la aprobación del informe de incompatibilidad urbanística, así como de certificado vigente de su comunidad de propietarios, que indique que no prohíben esta actividad. La licencia irá ligada al titular de la vivienda y no al inmueble para evitar la especulación.

Responsabilidad del propietario. Los propietarios de las viviendas de usos turístico serán responsables subsidiarios respecto a las infracciones que se cometan. Actualmente solo es responsable quien la comercializa.

Habitabilidad y servicios. Todas las viviendas que se comercialicen tendrán que cumplir con la normativa de habitabilidad y los códigos de edificación vigentes. Además, se les exigirá algunos elementos adicionales para mejorar la calidad del servicio que presten a los turistas, como un teléfono 24 horas e internet.

Excepciones. Las viviendas de uso turístico utilizadas antes del 1 de julio de 2018 mantendrán su inscripción en los mismos términos en que las obtenían. En mayo de 2018 entró en vigor la ley de Turismo, Ocio y Hospitalidad que endureció las medidas para poder dar de alta un apartamento turístico en el registro, requisito imprescindible para alquilarlo por días de forma legal. Entre los requisitos, está presentar un informe de compatibilidad urbanística. En València, donde solo se puede dar un uso terciario a los inmuebles ubicados en plantas bajas o primeros pisos (salvo el caso de edificios completos), hay cerca de 4.000 apartamentos anteriores a esta ley, cuya situación está por estudiar.

Régimen transitorio. Las viviendas registradas antes del 7 de julio de 2018 y la entrada en vigor de este decreto ley -a partir de su publicación en el DOGV, probablemente en un par de semanas- mantendrán su inscripción pero tienen un plazo de cinco años para adaptarse a los requisitos de calidad de servicio y en 2030 tendrán que renovar la declaración responsable con la aprobación del nuevo informe de compatibilidad urbanística.

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