El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Nules ha dirigido un oficio al Tribunal Supremo para que certifique si el exalcalde de la Vall d'uixó (Castellón), Óscar Clavell, procesado por malversación y fraude, es diputado en la Cámara Baja y por tanto, aforado ante el Alto Tribunal, único competente para investigarle y, en su caso, enjuiciarle. Clavell es el delfín político de Isabel Bonig, la presidenta del PP valenciano. Ésta ha defendido que Clavell solo debe abandonar su responsabilidad política una vez se abra juicio oral contra él.
La decisión judicial se produce, según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia, después de que la defensa del exedil haya recurrido el auto de procedimiento abreviado con el que la magistrada dio por concluida la instrucción a principios de febrero y dejó la causa preparada para juzgar a Clavell por los presuntos delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos y fraude y exacciones ilegales.
El abogado del exalcalde aprovechó este trámite procesal para comunicar al Juzgado la nueva situación de Clavell, diputado del Partido Popular por Castellón en el Congreso tras las elecciones del pasado mes de diciembre. El letrado alega pérdida sobrevenida de competencia del Juzgado de Instrucción 2 de Nules para seguir con la causa.
La magistrada ha resuelto no pronunciarse sobre el recurso interpuesto hasta que el Supremo responda a su solicitud de información “a efectos de acreditar la condición del Sr. Clavell en el mandato actual”. En el auto de procedimiento abreviado recurrido por la defensa del diputado, la magistrada de Nules aprecia indicios de delito en el comportamiento del exalcalde accidental de La Vall d'uixó, Óscar Clavell, respecto al pago de casi 707.000 euros en facturas de la empresa contratada para la limpieza viaria y transporte de residuos urbanos.
Los hizo, según la juez, “pese a que la responsable técnico de la ejecución del servicio” le advirtió de que éste “no se estaba ejecutando correctamente”. Según recoge el auto, Clavell “pese a los defectos de las facturas y peses a la oposición de los funcionarios correspondientes, validó personalmente su aptitud para el cobro, lo que permitió el abono de las mismas”.