Denuncia a la Conselleria de Igualdad valenciana por despedirla a las 11 horas de acabar su permiso por lactancia
“El 22 de mayo de 2024 recibí un correo electrónico por el cual me comunicaron el cese sin mayor explicación, una decisión adoptada en el día 15 en la que se suponía que iban a hablar de las vacaciones que había pedido. La realidad fue que la intención de la entidad era proceder a mi despido fulminante solo 11 horas después de haber concluido mi permiso de lactancia y con una excedencia que ya había solicitado y que por ley era de concesión obligatoria”. La exdirectora adjunta administrativa del Instituto Valenciano de Servicios Sociales (IVASS), Clara C. T, explica de esta forma a elDiario.es los motivos por los que ha presentado una demanda contra la entidad por vulneración de derechos fundamentales y libertades públicas. Además, la exidrectiva exige al IVASS una indemnización de 120.000 euros.
La denuncia la interpuso el pasado 17 de junio en un juzgado de lo social de València. Clara C. T. argumenta que su despido “fulminante” fue, entre otros motivos, por haber disfrutado de su baja maternal y de su permiso de lactancia y por haber solicitado unas horas antes del despido, la excedencia voluntaria para el cuidado de sus hijos, en definitiva, según denuncia, “por ser mujer y madre”. De hecho, destaca que del contenido de la notificación se limita a acordar el cese sin que haya ni una sola referencia a la causa que motiva la decisión.
“Accedí al cargo como directora adjunta administrativa del IVASS como personal laboral indefinido por concurso de méritos desde el 4 de noviembre de 2022. Con fecha 4 de enero de 2024 nació mi hija, empezando en ese momento la baja por maternidad de 16 semanas, que concluía el 26 de abril de 2024. Con fecha 2 de abril, al estar próxima la finalización de la baja por maternidad, comuniqué a la entidad que iniciaría el permiso de lactancia de continuada”, explica la exdirectora.
El IVASS, que depende de la Conselleria de Igualdad de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, drigida por la vicepresidenta segunda, Susana Camarero, del PP, contestó el 23 de abril, un día antes del inicio del periodo de lactancia, diciendo que estaban estudiando su petición, y en fecha 24 de abril, el mismo día de su inicio, de forma afirmativa: “Dada la necesidad que tenía de atender a mis hijas de 3 años y 3 meses, respectivamente, y a que mi marido trabaja en Madrid, solicité también los nueve días que tenía pendientes de mis vacaciones junto a las devengadas en 2024 de forma inmediatamente posterior a la lactancia”, explica.
Sin embargo, siempre según el relato de Clara C. T., el IVASS no contestó a la solicitud hasta el 13 de mayo, dos días antes del comienzo de las vacaciones, mediante una comunicación en la que le solicitaban comparecer en persona el día 15 de mayo para “tratar el asunto”, el mismo día que finalizaba la lactancia y debía empezar las vacaciones. Ante “lo extraño” de la situación, la demandante escribió el mismo día 13 de mayo a la directora general, que confirmó la reunión y que esta tenía por objeto hablar sobre sus vacaciones.
“Mi hija se puso con fiebre el mismo 15 de mayo por lo que avisé de que no podía asistir a la reunión a la que debía ir con ella y comuniqué por registro que de no autorizar las vacaciones con efectos del día 15, pasaría a situación de excedencia voluntaria para cuidar a mis hijas”, asegura. Sin embargo, lo que recibió el 22 de mayo fue una comunicación del cese “sin mayor explicación” 11 horas después de haber concluido el permiso de lactancia.
“Una burla a las políticas de conciliación”
Clara C. T. afirma además que la decisión sobre su despido se tuvo que tomar como muy tarde el 14 de mayo que es cuando se reúne el IVASS para proponer el despido, lo que a su juicio implica que se decidió estando vigente la situación de lactancia y con la petición de excedencia formulada. La demandante pone de relieve que esta decisión es “una burla a las políticas de conciliación de las que presume la propia conselleria de Igualdad, Susana Camarero, me cesa en su condición de presidenta del IVASS; es la que pone en valor ser una de las ponentes de Ley de igualdad, y la que defiende, en apariencia, terminar con los techos de cristal de las mujeres directivas”.
Al respecto, desde la Conselleria de Igualdad han asegurado a elDiario.es que “el contrato de dirección adjunto del IVASS es un contrato de alta dirección que puede extinguirse por desistimiento del empresario, según lo previsto en la normativa que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección (real decreto 1382/1985)”. Además, han añadido que “la extinción del contrato se realizó acorde a la legalidad vigente y la entidad contratante ha indemnizado a la trabajadora con las cuantías correspondientes y legalmente establecidas”.
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