Mario, lector y socio de eldiario.es, nos escribe el siguiente texto: “he jugado últimamente al póker online y he apostado en algunos partidos de la Champions y la verdad es que no me ha ido mal: he ganado una cantidad, nada del otro mundo pero seguramente nos pagará las vacaciones de la familia. Ahora bien, como estoy en trámite de hacer la Declaración de la Renta quisiera saber sí tengo que declarar el beneficio o no, así como si me puedo descontar del mismo lo invertido, contabilizándolo como pérdidas, ya que he leído varios casos de personas que lo hicieron y fueron acusadas de fraude por Hacienda”.
Los beneficios obtenidos en el juego y las apuestas se consideran incrementos patrimoniales y por tanto deben ser declarados en la Declaración de la Renta correspondiente. En el caso de Mario, no sería en la de este año si el beneficio se ha obtenido en 2018, sino en la declaración del año que viene, ya que la actual es la Renta del ejercicio 2017. Ahora bien, dicho esto, obviamente la obligación de declararlos requiere de varias condiciones.
La primera es que el beneficio neto obtenido en la suma total de las ganancias de juego y apuestas, de otras actividades y del rendimiento de cuentas bancarias sea superior a 1.600 euros. Es decir, cuanto la totalidad del incremento de patrimonio respecto al año anterior sea superior a estos 1.600 euros, vengan o no de su totalidad del juego y las apuestas, deberemos declarar ganancias.
No importa que el aporte de estas actividades lúdicas sean de solo 100 euros, por ejemplo; deben declararse si se superan los 1.600. Ahora bien, imaginemos que ganamos 1.500 euros con juego y apuestas pero no tenemos ningún otro incremento patrimonial: no estamos obligados a declararlos y si lo hacemos, Hacienda no nos retendrá nada.
En el supuesto anterior no se contempla que obtengamos rendimientos de una actividad laboral. Si tal es el caso, la obligación de declarar los aumentos patrimoniales -en los que se incluyen juegos y apuestas- comienza entonces en beneficios superiores a 1.000 euros siempre y cuando las rentas procedentes del trabajo superen los 22.000 euros.
También se rebaja a 1.000 euros en los casos de rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro o una subvención por vivienda protección oficial que sea superior a 1.000 euros. Estas cantidades deberán hacerse constar en el apartado de Ganancias y Pérdidas de Carácter Patrimonial.
¿Cuánto tributan las ganancias?
La tributación de las ganancias del juego y las apuestas online -es decir la cantidad de las mismas que Hacienda nos retendrá- dependerá de la comunidad autónoma en la que nos encontremos, ya que el Impuesto sobre a Renta (IRPF) varía de una a otra. Por otro lado, el IRPF es un impuesto progresivo, que no proporcional.
Por lo tanto, tendrá en cuenta el monto del incremento patrimonial que implica el beneficio del juego y las apuestas, de modo que a grandes incrementos la tributación será bastante mayor al pasar a los tramos más altos. Si los incrementos dados por el juego son relativamente bajos, o si no se añaden a otros incrementos, como sueldo alto, rendimientos de un alquiler, etc., la tributación no será tan alta e incluso en algunos casos no tributarán aunque estemos obligados a declararlos.
¿Se pueden declarar las pérdidas?
Por otro lado, en el caso de que hayamos dejado los beneficios del juego en la cuenta que tenemos en un casino o casa de apuestas online sin retirarlo, deberemos tributar igualmente su monto final en el ejercicio referido. Es decir que si tenemos cantidades considerables en cuentas de una o varias casas de juego y apuestas durante varios años, deberemos contabilizar el beneficio neto total -de todas las cuentas- de cada año para declararlo. Las operaciones, ya sean ganancias o pérdidas del año siguiente se declararán en el correspondiente ejercicio fiscal.
Y respondiendo a la pregunta de Mario, sí se pueden descontar pérdidas de cada operación. Es decir que si, por ejemplo, hemos invertido 500 euros en el póker online y hemos ganado 1.000 euros, deberemos declarar solo los 500 de beneficio neto. Del mismo modo, si apostamos 500 euros en la final de la Champions a favor del Real Madrid y obtuvimos 2.000 euros de beneficio, el neto a declarar sería de 2.500 euros. Esto lo haremos en cada web donde juguemos y apostemos y siempre que haya beneficio neto se podrán descontar las pérdidas.
Cuando no hay beneficio neto las pérdidas, en cambio, no se pueden desgravar. Y no vale contabilizar la inversión total realizada para restarla del beneficio total obtenido, sino que se debe contabilizar operación por operación. El motivo es evitar el fraude achacando pérdidas netas como descuento de operaciones que arrojaron beneficio. Si una apuesta o partida da pérdidas netas, no se pude contabilizar contra el beneficio de otra partida.
Finalmente, es cierto que hasta 2012 la norma legal que rige el juego online en España no contemplaba la posibilidad de contabilizar las pérdidas para descontar del beneficio total, y que Hacienda ha perseguido a algunos jugadores que hasta 2012 ganaron grandes sumas totales pero no las declararon porque el cómputo final era de pérdidas netas. Como la anterior norma no contemplaba el descuento de pérdidas, Hacienda les reclama por lo que ganaron antes del cambio de norma sin tener en cuenta lo que perdieron.
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