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Aborto, reforma de la Constitución, Versalles
Este artículo es complementario del que ha publicado este martes Ruth Rubio, 'Francia hace historia al blindar en la Constitución el derecho al aborto'. No voy a referirme a lo que significa la inclusión del derecho al aborto en la Constitución, sino al instrumento jurídico a través del cual se ha producido y a que haya tenido lugar en Versalles.
Para un lector no francés es más que probable que pase desapercibido lo que supone que la sesión parlamentaria en la que se ha producido la reforma haya tenido lugar en Versalles. Pero no se trata de una anécdota sin relevancia, sino de una decisión en la que confluyen momentos clave de la historia constitucional francesa: la opción entre Monarquía y República, la intangibilidad de la forma republicana de Gobierno y el principio de laicidad como elemento rector de la separación de la Iglesia del Estado. Todo esto es lo que conlleva la opción por Versalles como lugar de aprobación de la reforma constitucional sobre el aborto.
La tensión entre Monarquía y República está presente a lo largo de todo el siglo XIX francés, que empieza en 1789 con la Revolución. Dos Repúblicas, dos Monarquías y dos Imperios se suceden antes de 1875, en que se acaba imponiendo la República mediante la enmienda Wallon en el proceso de elaboración de la Constitución por un solo voto: 353 frente a 352. Será a través de los resultados electorales a partir de 1876 como se producirá la imposición de la República con la suficiente entidad como para empezar su proceso de institucionalización.
En dicho proceso se va a producir la primera reforma constitucional de la historia francesa. La reforma constitucional es una institución republicana, una institución que se abre camino en el momento en que la República se convierte en una opción claramente dominante. Y la primera reforma se produce mediante la Ley de 21 de junio de 1879, a través de la cual París se convierte en la capital de Francia. Hasta 1879 la capital era Versalles, un claro indicador del peso que todavía tenía el Antiguo Régimen en el Estado constitucional francés. 2024 conecta con 1879. Con la génesis de la República como seña de identidad constitucional. La identificación de Francia con el ideal republicano.
La consolidación de la opción republicana adquiere una velocidad extraordinaria. Tanta que en 1884 se producirá la segunda reforma constitucional mediante la ley de 24 de agosto de 1884, en la que se introduce una cláusula de intangibilidad constitucional para hacer imposible la Restauración de la Monarquía: “La forma republicana de gobierno no puede ser objeto de una ley de revisión”. En la misma ley se declaran inelegibles a la Presidencia de la República a los miembros de las familias que hubieran reinado en Francia. La Restauración de la Monarquía descartada ya de facto, queda descartada también de iure.
En 1884, aunque sin la formalidad de la aprobación de una Ley de reforma de la Constitución, se pone fin también a la costumbre constitucional de que el año parlamentario en Francia se hiciera coincidir con la celebración de misas en todas las parroquias de Francia. Es la forma de manifestación más acabada de la expresión que popularizó Gambetta: “Le clericalisme, voilà l’ennemi”. De ahí vendría la imposición del laicismo en la enseñanza, que se acabaría convirtiendo también en otra de las señas de identidad de la República.
La opción por Versalles para la aprobación de la reforma constitucional sobre un tema como el aborto es la reafirmación de la apuesta constitucional originaria de la Tercera República. Antimonárquica y anticlerical. Supone enviar un mensaje clarificador en un momento tan confuso como el que estamos viviendo. Pienso que sería importante que estuviera presente en la campaña de las elecciones europeas del mes de junio.
Tras la anulación de la interrupción del embarazo como un derecho constitucional por el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que ha tenido su proyección en países de la Unión Europea como Polonia o en la Argentina de Milei, la incorporación del aborto al texto constitucional cobra una importancia innegable. ¿Por qué no convertirlo en una seña de identidad constitucional de la Unión Europea?
Este artículo es complementario del que ha publicado este martes Ruth Rubio, 'Francia hace historia al blindar en la Constitución el derecho al aborto'. No voy a referirme a lo que significa la inclusión del derecho al aborto en la Constitución, sino al instrumento jurídico a través del cual se ha producido y a que haya tenido lugar en Versalles.
Para un lector no francés es más que probable que pase desapercibido lo que supone que la sesión parlamentaria en la que se ha producido la reforma haya tenido lugar en Versalles. Pero no se trata de una anécdota sin relevancia, sino de una decisión en la que confluyen momentos clave de la historia constitucional francesa: la opción entre Monarquía y República, la intangibilidad de la forma republicana de Gobierno y el principio de laicidad como elemento rector de la separación de la Iglesia del Estado. Todo esto es lo que conlleva la opción por Versalles como lugar de aprobación de la reforma constitucional sobre el aborto.