La abogacía del Estado defiende ante Estrasburgo las identificaciones policiales racistas, ilegales según la ONU
- Muhammad lleva cinco años luchando en los tribunales por una sentencia que empuje al Gobierno de España a acabar con las identificaciones racistas como la que, según denuncia, sufrió en 2013 en Barcelona
Zeshan Muhammad, el joven pakistaní lleva cinco años luchando en los tribunales por una sentencia que empuje al Gobierno de España a acabar con las identificaciones racistas, ha presentado este martes ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo (TEDH) sus alegaciones a la respuesta del Estado español a su demanda “por no tomar medidas efectivas” contra este tipo de controles policiales, según ha explicado en una rueda de prensa en Barcelona.
En el escrito remitido al tribunal europeo el pasado 10 de mayo -escasos días antes de la moción de censura que convirtió a Pedro Sánchez en presidente-, al que ha tenido acceso eldiario.es, la Abogacía del Estado se defiende recurriendo a la sentencia del Tribunal Constitucional que en 2001 concluyó que en el marco de la ley de Extranjería estas prácticas son legítimas.
Esta observación figura en el documento bajo el epígrafe de que en España existe “protección contra el racismo en la jurisprudencia constitucional”. Según Mercedes Melón, una de las abogadas de Open Society Justice Initiative que representa a Muhammad ante Estrasburgo, el abogado del Estado ya defendió durante el proceso judicial en España la legalidad de los controles de identificación por perfil racial apoyándose en la sentencia de 2001.
Según argumentó entonces el Alto tribunal, “determinadas características físicas o étnicas pueden ser tomadas en consideración” a la hora de hacer un control de Extranjería porque este hecho era “razonablemente indiciario del origen no nacional”, lo que a juicio de las ONG daba a entender que “lo normal es que las personas de nacionalidad española sean blancas”. Detrás de la demanda se encontraba Rosalind Williams. La mujer sufrió un control racista en 1992 tras bajar de un tren en Zaragoza. Su marido viajaba con ella, pero solo se dirigieron a Williams. La razón se la proporcionó el agente policial que frenó su paso: “Tenemos instrucciones de identificar a gente como ella”.
La sentencia en la que se apoya la abogacía del Estado fue cuestionada, sin embargo, por la ONU. Tras denunciar su caso ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, en 2009, este dio la razón a Williams: estas prácticas eran discriminatorias y violaban el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, por lo que instaba al Gobierno español a eliminarlas.
El Comité determinó que no pueden efectuarse controles de identidad basados en las meras características físicas o étnicas de una persona, y que tales características no pueden considerarse indicios de su situación migratoria en el país. Para la Abogacía del Estado, “la utilización de referencias de carácter étnico para evitar malentendidos, su utilización con carácter descriptivo, en sí misma considerada, no resulta por principio discriminatoria, siempre que se use con prudencia, respeto y proporción”.
Por otro lado, la Abogacía niega la existencia del “supuesto trato racial discriminatorio por parte de los agentes de la policía nacional”. Y argumenta que en España el sistema legal protege contra la discriminación racial.
Sin embargo, las recomendaciones de las Naciones Unidas contra los criterios policiales basados en los rasgos étnicos se han sucedido en los últimos años. El pasado febrero, el Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre Afrodescendientes alertó durante una visita a España de “la discriminación por perfiles raciales es la realidad que vive el colectivo”, que sigue afrontando “desproporcionadamente” identificaciones policiales en las calles. Por su parte, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa ha criticado en sucesivos informes que España carece de una institución independiente que luche contra el racismo y ha pedido “encarecidamente” a las autoridades españolas que adopten “lo antes posible” una legislación integral contra la discriminación.
Para negar la existencia de estos controles, la Abogacía alega que “las identificaciones más numerosas -según datos recabados por la Policía- son las referidas a las personas europeas”. Para Sos Racisme Caralunya, con estos argumentos, el texto remitido a Estrasburgo identifica “la población española e incluso la europea como blanca no racializada, ignorando la diversidad cultural, de origen y étnica existente en la población europea”.
“Es muy preocupante que el Estado español, con el Tribunal Constitucional a la cabeza, defienda prácticas policiales racistas y desprecie el sufrimiento de miles de personas que cada día son señaladas y criminalizadas en la calle simplemente por el color de su piel. Esto resulta intolerable en un país que se considere democrático”, ha explicado Melón.
En esta línea también ha abundado Alba Cuevas, directora de SOS Racisme Catalunya, que asegura que “la respuesta del Estado español deja claras las raíces de las prácticas racistas que vemos que se dan a diario en nuestra sociedad. Unas discriminaciones que surgen de un racismo arraigado en las estructuras del estado y que determina el día a día de muchas personas en nuestra sociedad”.
El joven pakistaní lleva desde 2013 luchando por acabar con las identificaciones policiales racistas, como la que, denuncia, sufrió cuando paseaba por las calles de Barcelona. Con este fin, presentó una demanda contra el Estado español ante la Corte Europea de Derechos Humanos. Muhammad, de origen paquistaní con residencia en España desde hace diez años, caminaba por Barcelona junto a un amigo de su misma nacionalidad cuando un coche patrulla frenó a su lado. Los agentes solicitaron su documentación. Según el relato del joven, tras entregársela sin reticencias, preguntó el motivo del control policial. El agente, apunta Zeshan, respondió: “Hombre, a un alemán no le voy a identificar. Porque eres negro. Y punto”.
La demanda ante el Tribunal Europeo llegó tras agotar la vía judicial en España, después de la inadmisión del recurso presentado ante el Constitucional, que consideró el caso “no relevante”, según informa la defensa de Zashan, apoyada por Sos Racisme Catalunya y Open Society Justice Iniciative. El rechazo del Alto Tribunal frenó lo que Zeshan y las organizaciones que respaldan el caso consideraban como una “oportunidad histórica” para dar la vuelta a su propia jurisprudencia.