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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

Un juez italiano da la razón al Open Arms y asegura que Italia estaba obligada a indicarle un puerto seguro

Las indicaciones del Ministro del Interior italiano no pueden prevalecer sobre los tratados internacionales firmados por Italia que le obligan a salvar vidas en peligro en el mar. Lo recuerda el juez de instrucción de Agrigento, Stefano Zammuto, en su escrito para levantar la incautación del buque Open Arms, al que ha tenido acceso eldiario.es. Asimismo, concluye que correspondía a Italia indicar un puerto seguro para desembarcar a los náufragos que durante 19 días permanecieron a bordo de la nave de la ONG catalana. Si no lo hacen, a su juicio, las autoridades pueden estas incurrir en un delito de “omisión de actos oficiales”.

La obligación internacional de salvar vidas en el mar, sostiene Zammuto, está por encima de leyes como el Decreto de Seguridad bis de Salvini. “Es un deber de los Estados y prevalece sobre las reglas y acuerdos bilaterales destinados a combatir la inmigración irregular; los convenios internacionales sobre la materia, a los que se ha adherido Italia, constituyen, de hecho, un límite al poder legislativo del Estado (...) y por lo tanto no puede ser objeto excepción a las evaluaciones discrecionales de la autoridad política, situándose en un nivel jerárquico”, explica.

El juez sostiene que era responsabilidad de Italia haber asumido la coordinación de la operación de rescate por el Open Arms y el Departamento de Libertades Civiles e Inmigración del Ministerio del Interior debería haber asignado un puerto seguro “procurando limitar, en la medida de lo posible, la permanencia a bordo de las personas rescatadas”.

Un día después de llevar a cabo el primero de los tres rescates, la tripulación del Open Arms se puso en contacto con las autoridades italianas para solicitar un puerto seguro, indicando Lampedusa como el más próximo a su posición, como se desprende del relato de los hechos del escrito. Carmen Calvo ha defendido durante sus intervenciones la gestión del Ejecutivo de Sánchez reprochando a la organización que “nunca, en ningún momento” pidieron puerto en España. La ONG no solicitó oficialmente el desembarco de los migrantes a España porque buscaba hacerlo en el puerto más cercano, Italia, como marca la legislación. Querían, insistían, “evitar hacerle el juego a Salvini”. Ahora, el magistrado italiano les ha dado la razón.

En virtud de la normativa, dice el juez, “será la autoridad nacional que haya tenido el primer contacto con las personas en peligro en el mar la que coordine las operaciones de rescate, tanto en el caso de que la autoridad nacional competente SAR [búsqueda y rescate] responda negativamente a la posibilidad de intervenir a su debido tiempo, como en el caso de que ésta no responda”. Asimismo, deja claro que “la localización del lugar de seguridad se sitúa en el Estado de 'primer contacto' con personas en peligro, incluso fuera de su propia zona SAR”. Esta vez, recalca, ese país era Italia.

Para el magistrado, al no asignar un puerto seguro, “existe, por lo tanto, apariencia” de un delito de “omisión de actos oficiales”, castigado con hasta dos años de prisión. “Esto se debe a que los funcionarios públicos competentes (en proceso de ser identificados por el fiscal) han dado lugar, ante una situación caracterizada por una urgencia excepcional de intervención (...) a una conducta omisiva que consiste en la no asignación del lugar de seguridad”. Esta situación de urgencia se caracterizaba, señala, por el “peligro inminente para la seguridad y la salud de los migrantes transportados, muchos de los cuales se lanzaron desesperadamente al mar para llegar a la costa de Lampedusa”, recuerda.

En el caso concreto del Open Arms, el magistrado recuerda, además, que el Tribunal administrativo de Lacio anuló el 14 de agosto de forma cautelar el decreto por el que Matteo Salvini impedía al buque de rescate adentrarse en sus aguas territoriales “autorizando así implícitamente su entrada”. Tras esta decisión, el barco entró en aguas italianas el 14 de agosto. A partir de entonces, el no permitir desembarcar provocó, dice el juez instructor, “la privación ilícita y consciente de la libertad personal de los migrantes rescatados, obligados a permanecer durante un período de tiempo significativo contra su voluntad”.

Es aquí donde radica el posible delito de “secuestro de personas” que investiga la Fiscalía de Agrigento, para lo que ordenó incautar temporalmente la nave de rescate y el desembarco de todos los ocupantes tras una visita al buque en la que comprobó la situación límite y el deterioro físico y psicológico al que se había llegado a bordo. En su escrito, el magistrado respalda la decisión del fiscal Luigi Patronaggio de embargar el buque y ordena su devolución a la ONG.

Aún se desconocen las personas o instituciones contra las que está dirigida la causa. En este posible “secuestro”, el juez ve “analogías” con el caso Diciotti, la investigación abierta por la propia Fiscalía de Agrigento en agosto de 2018 contra el ultraderechista Salvini por los delitos de secuestro, arresto ilegal y abuso de poder tras retener durante varios días a más de un centenar de náufragos en el buque militar Diciotti una vez atracado en el puerto de Catania. No obstante, el ministro del Interior italiano no fue finalmente juzgado por estos hechos. Entonces, su socio en el Gobierno, el Movimiento Cinco Estrellas, rechazó retirar al líder xenófobo su inmunidad parlamentaria en el Senado.

Para la ONG, la sentencia de Zammuto “sienta un precedente y pone de manifiesto la necesidad del cumplimiento obligatorio de las convenciones internacionales y el derecho marítimo para proteger la vida y la dignidad de las personas en las condiciones más vulnerables”. El barco de rescate permanece en el puerto de Porto Empedocle a la espera de resolver “anomalías” detectadas por la Guardia Costera en una inspección técnica.