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Los acusados de las black piden la expulsión de Bankia del juicio y tumbar la prueba de cargo

Un disco compacto contenía el 14 de octubre de 2014 los principios reactivos para la indignación ciudadana. Lejos de la anestesia que se podía suponer a una sociedad que cumplía seis años de crisis, el detalle de los gastos de los consejeros y directivos de Caja Madrid y Bankia con su tarjeta ‘black’ supuso un escándalo.

Hoy es la “prueba de cargo” del caso que sienta desde este lunes en el banquillo a 65 de aquellos beneficiarios y, como tal, el objetivo a tumbar de los reputados abogados de las defensas, que pidieron reiteradamente su nulidad. Sin la hoja de Excel que contenía aquel CD, no hay caso.

La acusación popular se muestra confiada en que el tribunal no accederá a anular la prueba. En el ecuador de la jornada aseguró a los medios que rebatirá los argumentos de los abogados defensores cuando le llegue el turno.

Aquellos recuadros contenían las fechas de los gastos de cada protagonista y en qué consistían. Un recorrido por un despilfarro de un dinero que ni era parte de su retribución, ni tampoco un adelanto a sus gastos como consejeros y directivos. Así lo entiende la Fiscalía Anticorrupción, que solicita penas de cárcel por apropiación indebida a sus beneficiarios.

La acusación popular, que ejerce el abogado Andrés Herzog en representación de la Confederación Intersindical de Cajas (CIC), cree que hay que sumar otro delito de administración desleal a quienes, con diferentes grados, gobernaban la caja antes de ser rescatada con 23.500 millones de euros de dinero público.

Y al frente de ellos, Miguel Blesa y Rodrigo Rato, sentados uno junto al otro en el banquillo de los acusados. Fueron sus abogados los primeros en intervenir y en solicitar la nulidad de la prueba. Alegan que no hay constancia de dónde proceden los datos de esa hoja de Excel, que recoge cargos que no están apoyados en tickets o facturas. Es “el gran misterio de este proceso”, ha llegado a decir la abogada María Jesús Díaz Veiga, defensora de los miembros de CCOO Rodolfo Benito y Juan José Azcona.

Por la tarde, algunos abogados han ido un paso más allá y no solo han desacreditado la famosa hoja de Excel, sino que han alegado que los datos que contiene vulneran derechos fundamentales de sus defendidos. Ahí están recogidos los cargos concretos de las tarjetas -pagos en discotecas, restaurantes, tiendas de lencería o incluso compra de imágenes religiosas- y estos son, dicen los abogados, datos íntimos cuya protección está recogida en la Constitución.

Así lo han dicho, por ejemplo, los defensores de Ildefonso Sánchez Barcoj o de Juan Iranzo. Los movimientos de sus tarjetas black son privados, pertenecían a Caja Madrid y esta se los cedió “ilegalmente” a Bankia, que se los entregó al FROB y así acabaron en la Fiscalía. Esos datos permitían conocer aspectos como “las creencias religiosas o la orientación sexual” de los acusados, por lo que debían ser especialmente protegidos, han alegado.

Si la ofensiva contra la principal prueba del caso no funciona, los abogados defensores han preparado también una argumentación contra la legitimidad de Bankia y el FROB para ser acusación en el proceso. El objetivo es excluirles para acabar con el caso. El abogado del exdirigente de IU José Antonio Moral Santín ha iniciado la argumentación y el de Estanislao Rodríguez-Ponga, exsecretario de Estado de Hacienda, ha continuado por esta vía.

La tesis de estos letrados, a la que luego se han apuntado la mayoría de las defensas, es que Bankia no es heredera natural de Caja Madrid. También inciden en que el FROB (el Estado) entró con posterioridad a los hechos ocurridos (el rescate fue en mayo de 2012 y en ese momento se suspendieron las tarjetas) y que por lo tanto no puede ser una acusación particular al no ser directamente perjudicado.

Sin embargo, tal y como reconocido anteriormente la Audiencia Nacional, Bankia es la entidad directamente perjudicada, ya que heredó el patrimonio financiero de Caja Madrid. También lo entiende así el FROB, que al rescatar a la entidad se quedó con el 100% de sus acciones y por lo tanto, también del perjuicio patrimonial anterior que acarreaba la entidad.

Prescripción de delito de apropiación indebida

El tercer pilar en el que los abogados de los 65 imputados se apoyan para tumbar el caso es la prescripción de delito de apropiación indebida. Lo ha desarrollado el abogado José María Choclán, que representa a José María Buenaventura, y a él se han ido sumando otros letrados. Según su criterio, es un error calcular la prescripción de un delito continuado de apropiación indebida, que ‘caduca’ a los diez años, porque la jurisprudencia del Tribunal Supremo indica que debe aplicarse el plazo establecido para el delito básico, esto es, el de apropiación indebida.

Según esto, el delito que le atribuye la Fiscalía Anticorrupción estaría prescrito a los cinco años. Para que sus defendidos se libren de esta acusación, muchos abogados han leído la fecha de los últimos cargos en sus black, siempre prescrito ya según este criterio. Y si no, hay quien ha argumentado que los realizados tras la fecha que marcaría la prescripción eran unos “cargos menores”.

Más allá de estos tres principales argumentos para que el caso de las black no avance, los abogados defensores también han intentado excluir las pruebas aportadas por Bankia en el último momento. En concreto, una última remesa de emails y un informe pericial encargado a KPMG.

Los emails, recogidos en un total de 700 folios por las dos caras, contienen la prueba de cómo los usuarios de las tarjetas pedían aumentos de capital y un número pin para poder sacar dinero en efectivo. Esos correos pasaban por Ildefonso Sánchez Barcoj, exdirector general de la entidad, que accedía a sus peticiones. Este controlaba los aumentos del límite de gasto de las tarjetas black, que llegaban a ser de hasta 60.000 euros y que en muchos casos coincidían con los periodos de vacaciones.

Por último, el informe que no quieren que se incorpore a la causa se lo encargó la actual dirección de Bankia a la auditora KPMG, y en él se describen las normas que se saltaron los beneficiarios de las tarjetas. Entre otras, que no se otorgaron a través del departamento de Recursos Humanos, que no estaban en sus contratos, que no podían cobrar más remuneraciones que las dietas, etc. El informe también rechaza que puedan ligarse a la prestación personal de esos directivos.