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Noticia servida automáticamente por la Agencia Europa Press

La Comisión Europea propone extender derechos mínimos laborales a trabajadores con contratos precarios

EUROPA PRESS

BRUSELAS —

La Comisión Europea ha propuesto este jueves una directiva con nuevos derechos mínimos laborales para mejorar la transparencia y previsibilidad de las condiciones y ampliarlos a los trabajadores con contratos precarios. Es el caso de los trabajadores ocasionales o con contrato por horas y personal doméstico, que actualmente no están cubiertos por las normas comunitarias.

“La economía de hoy necesita contratos laborales flexibles, pero la flexibilidad debe acompañarse con una protección mínima”, ha explicado la comisaria de Empleo y Asuntos Sociales, Marianne Thyssen, en rueda de prensa para presentar la nueva propuesta de directiva para mejorar la transparencia y previsibilidad en las condiciones laborales. La medida pretende ser una iniciativa clave para contribuir al Pilar de Derechos Sociales Europeo y Thyssen ha confiado en que aprueben “rápidamente” los Veintiocho estados miembros y la Eurocámara.

La nueva directiva permitirá extender derechos laborales mínimos a entre dos y tres millones de trabajadores con contrato precario, al ajustar la noción de trabajador a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: “Un trabajador es una persona que realiza servicios durante un periodo de tiempo determinado por y bajo la dirección de otra persona a cambio de una remuneración”.

Sólo quedarán excluidas las personas que trabajan menos de ocho horas al mes, aunque Thyssen ha avisado de que si el contrato es de “cero horas” o “no determina el número de horas, estas cubierto por esta directiva”. Tampoco cubre a los autónomos ni los becarios que no están sujetos a una relación contractual.

Según el impacto de estudio de impacto realizado por la Comisión, el 53% de los nuevos trabajadores beneficiados tienen empleos ocasionales y trabajan de forma intermitente, el 22% tiene contratos de menos de un mes, 15% trabajan menos de ocho horas semanales, el 5% es personal doméstico y el 3% son trabajadores de plataformas o con remuneración de vales de trabajo.

Un reciente informe encargado por el Parlamento Europeo a la Universidad de Leeds concluye que el 70% de los trabajadores de la economía de los encargos digitales no tienen protección social. Además, este miércoles se conocía la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que decía que la aplicación más colaborativa de Uber –Uber Pop– no era otra cosa que una empresa que prestaba servicios de transporte.

Informar sobre el periodo de prueba y horas extra

Por lo que se refiere a los derechos, el Ejecutivo comunitario quiere que además de informar a los trabajadores como hasta ahora sobre la duración temporal del contrato y de la jornada laboral, la remuneración durante las vacaciones, los componentes salariales y los acuerdos colectivos aplicables e información adicional para expatriados, los empleadores también les tengan que informar sobre el periodo de pruebas eventual o no, si les ofrece formación, la remuneración de horas extraordinarias e información sobre el tiempo de trabajo en el caso de trabajadores con horarios muy variables, así como sobre la institución de seguridad social donde se abonan las contribuciones.

Bruselas plantea que los trabajadores tengan esta información -por escrito o en versión electrónica- como muy tarde el primer día de trabajo, en lugar de los 60 días después de entrar a trabajar con los que cuenta actualmente el empleador.

“Esto parece obvio. Pero muchos trabajadores en Europa no reciben información básica, especialmente los más vulnerables. Con nuestra propuesta garantizaremos que todos los trabajadores reciben información sobre sus condiciones laborales por escrito”, ha subrayado Thyssen.

Prohíbe cláusulas de exclusividad

Entre otras novedades, la Comisión propone limitar el periodo de pruebas a seis meses a menos que haya una causa “objetiva” que justifique un periodo mayor o esté en el interés del trabajador, que las personas con trabajo a demanda o horarios variables -algo que definirán los agentes sociales- tengan derecho a saber de antemano cuándo se les puede pedir trabajar y prohíbe las cláusulas de exclusividad y competencia, para permitir que puedan trabajar para otros, salvo en casos justificados, por ejemplo cuando el trabajador tiene información confidencial de la compañía.

“No se puede esperar que alguien que trabaja sólo ocho horas al mes no tenga otro trabajo”, ha avisado la comisaria, que ha insistido en la necesidad de hacer posible que las personas que lo necesiten “para ganarse la vida” puedan tener varios empleos.

Thyssen ha explicado que por ejemplo una persona que trabaja en un restaurante unas horas no podrá ser despedido si rechaza venir a trabajar dándole dos horas de antelación y las personas con contratos con “cero horas” tendrán que ser informados con un tiempo “razonable” de antemano sobre cuándo se espera que trabajen.

Asimismo, los trabajadores tendrán la posibilidad de reclamar un puesto permanente o con mejores condiciones si uno queda vacante o se crea y su empleador deberá justificar su respuesta por escrito en el plazo de un mes o tres, en el caso de las pymes. Eso sí, Thyssen ha dejado claro que las empresas no están obligadas a dar una respuesta “positiva”. También tendrán derecho a formación obligatoria gratuita.

Se pueden ampliar derechos pero no rebajarlos

La comisaria ha recordado que al tratarse de una directiva los Estados miembro tienen la posibilidad de mejorar el nivel de protección o alternativas que garanticen el mismo nivel que proponen, pero no rebajarla.

El Ejecutivo comunitario también pide garantizar el derecho de rectificación, la prevención de un trato desfavorable y sanciones en caso de incumplimiento.

“Pedimos a los Estados miembro dar la posibilidad de rectificación, tener un sistema que ayude a hacer cumplir las normas. Compete a los Estados miembro determinar el nivel, si hay sanciones”, ha explicado.

La Comisión también plantea dos procedimientos alternativos para atajar la falta de información a los empleados. Un procedimiento administrativo o la creación de una Autoridad Administración para garantizar el cumplimiento de requisitos de información al inicio del contrato y la introducción del principio de “presunción positiva” cuando falta información por escrito, en cuyo caso, “tienes más derechos de los que deberías tener”, según Thyssen.