El problema de la vivienda y de las subidas desmedidas de precios, sobre todo de alquiler, en algunas ciudades, fue uno de los apartados fundamentales del pacto presupuestario entre el Gobierno y Unidos Podemos. A la vista de las dificultades de sacar adelante las cuentas públicas en los plazos previstos, debido a los problemas políticos en Catalunya, se optó por concretar estos acuerdos a través de un decreto-ley.
Pero el hecho de que se haya dejado fuera de este decreto facultar a los ayuntamientos a que moderen por ley las subidas de precios del alquiler por encima de determinado porcentaje ha provocado que Unidos Podemos amenace con votar en contra cuando en el plazo de treinta días tenga que ser convalidado, o derogado, en el Congreso.
La secretaria general de Vivienda, Helena Beunza, confiesa en una entrevista con eldiario.es que ha recibido con extrañeza esta reacción tan tajante, aunque eran conscientes de que el grupo parlamentario quería introducir estos índices ya, y no esperar a “desarrollar los proyectos normativos” al respecto a lo largo de 2019, como dice el pacto.
“Cuando analizamos lo que podía entrar en el real decreto y lo que no, estaba claro para nosotros que no podía entrar. Lo del voto en contra me ha parecido extraño, porque son medidas trabajadas conjuntamente y mucho tiempo reclamadas por ellos. Las que estaban maduras (longitud de los contratos, limitación de fianzas, desahucios) había que sacarlas en un decreto ley porque el impacto es inmediato”, afirma.
Sobre el propio decreto deja claro que a su juicio “dota de seguridad jurídica al mercado de vivienda y va a ser positivo para arrendatario y arrendador. Aquel capital que quiera invertir en vivienda ya sabe cuáles son las reglas del juego”.
Unidos Podemos ha puesto la aprobación de los índices de precios como condición indispensable para no rechazar el decreto de Vivienda. ¿Hay alguna posibilidad de introducir esto antes de un mes, que es cuando se tiene que convalidar por el Congreso?
Este Gobierno está cumpliendo escrupulosamente el pacto. En él hay una serie de medidas que vienen casi todas incluidas y luego existía el compromiso de regular los índices de precios y habilitar a los ayuntamientos. Si uno se lee el pacto se dice literalmente “a desarrollar los instrumentos normativos durante 2019”. Esto lo estamos cumpliendo. Me cuesta mucho entender una postura en que no se vote a favor de un paquete de medidas que ha defendido Podemos.
El real decreto ley se puede tramitar como proyecto de ley, se puede hablar durante el plazo de enmiendas de formas de mejorar el texto, pero el real decreto entendemos que debe ser convalidado.
¿Les habían hecho alguna propuesta concreta para introducir en este decreto sobre índices de precios?
Unidos Podemos tiene una propuesta concreta en la proposición de ley de Emergencia Habitacional. Nosotros hemos constituido un grupo de técnicos y estamos a la espera de que nos envíen una nueva propuesta técnica.
Entonces, ¿no se cierran a acabar aprobando estos índices? ¿Cómo y cuándo?
Los índices son una cuestión muy compleja. Creemos firmemente en los beneficios de tenerlos a efectos informativos y estamos trabajando también en la definición de áreas tensionadas por parte de ayuntamientos y comunidades. Pero está la competencia exclusiva de las comunidades autónomas en Vivienda que tenemos que respetar. Además no todas las comunidades tienen los mismos datos. Las que han puesto en marcha los índices de precios lo han hecho sobre la base de fianzas pero hay cuatro comunidades que no tienen depósito de fianzas obligatorio. ¿Cómo vamos a articular los índices de precios con ellos?
Si esto se considera tan urgente, las comunidades y los ayuntamientos podrían haber estado trabajando ya en estos índices. Catalunya lo ha hecho y Comunidad Valenciana lo está haciendo, no hace falta que les habilite el Estado para trabajar en los precios de referencia (precios medios en una zona). Vimos que no era una materia para regular a través de real decreto ley, se necesita un rodaje de esos índices de precios informativos antes de adoptar otras medidas. En Alemania creo que el proceso tardó 2-4 años en ponerse en marcha para poder definir que una zona está tensionada o no.
¿Había dudas jurídicas sobre el tema?
Lo que no se puede es establecer mecanismos limitativos del derecho de propiedad. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos se ha manifestado sobre este tema y ha dicho que es admisible, pero si se guarda un principio de proporcionalidad y de legalidad y se tiene que adaptar en función de unas circunstancias muy determinantes. Esto no se podía regular y empezar a aplicar ya. Y existen divergencias sobre cómo se establecen índices de precios, hay quien dice que debe hacerse con criterios de mercado y otros que se tiene que tener en cuenta las circunstancias sociales.
A su juicio, ¿son realmente necesarios los índices de precios?
Creo que es una medida muy concreta para circunstancias muy especiales, lo que no veo correcto es decir a la ciudadanía que todo el problema de la vivienda se solucionaría fijando índices de precios, porque no es así. Incluso donde se están aplicando es para circunstancias excepcionales en el tiempo y el espacio.
El problema de la vivienda en España se soluciona con otra batería de medidas. Puede ser que para determinadas zonas de determinadas ciudades sea importante tener un control de precios, pero el problema global de la mayoría no es ese, es otro. Cuando hay desahucios, si te paras a analizar la situación de estas personas ¿su problema se hubiera solucionado con un índice de precios? pues en la mayoría de los casos no, porque en muchos casos son personas a las que se sube el precio a un precio de mercado, o personas que vivían en viviendas protegidas que pierden su protección. Personas cuya vivienda no se van a poder definir como mercado tensionado.
En todo caso Unidos Podemos ha dado el mensaje muy claro de que van a votar en contra sin estos índices. ¿Les sorprendió el mensaje? ¿Temen que el decreto sea derogado en el Congreso?
Yo confío en que no, en que eso no pase, porque están incluidas todas las medidas salvo los índices de precios, no entiendo que haya una razón objetiva para hacerlo.
Cuando analizamos lo que podía entrar en el real decreto y lo que no, estaba claro para nosotros que los indices no podían entrar. Lo del voto en contra me ha parecido extraño, porque son medidas trabajadas conjuntamente y mucho tiempo reclamadas por ellos, y las que estaban maduras (como elevar hasta siete años los contratos) había que sacarlas en un decreto-ley porque el impacto es inmediato.
Ya se dio el caso de que el PP presentó el decreto de la estiba, se derogó, tuvo que modificarlo y volverlo a presentar. ¿Contemplan este escenario?
No, porque además el arco parlamentario tiene que aprobar el real decreto ley y hay que tener en cuenta la composición de este arco parlamentario [no basta tan solo el voto a favor de PSOE y Unidos Podemos, debe darse al menos la abstención de otras fuerzas como el PNV y PDeCAT].
El PP ya ha anunciado que quiere que se vuelva a los contratos de tres años. ¿Qué le parece?
Ellos defienden su proyecto de 2013, a la vez que reconocen la existencia de una situación complicada en vivienda, y es bienvenido ese reconocimiento. Pero tenemos datos de que la flexibilización de mercado de 2013 no incrementó la oferta de alquiler. Esa era la justificación, pero el mercado de alquiler en España creció más en los años anteriores a 2013 que en los posteriores.
¿Qué efectos esperan de este decreto y cómo creen que puede transformar el mercado de la vivienda en caso de que sea convalidado y su vigencia vaya más allá de este mes? Hay fondos e inversores inmobiliarios que están advirtiendo de que podría ser contraproducente.
Habrá un gran número de familias que tendrán la tranquilidad de que podrán desarrollar su proyecto de vida en una casa y tomar una serie de decisiones. También se dota de seguridad jurídica al mercado de vivienda y va a ser positivo para arrendatario y arrendador. Aquel capital que quiera invertir en vivienda ya sabe cuáles son las reglas del juego, y las reglas son positivas para quienes deseen inquilinos durante un largo periodo de tiempo y personas que paguen, que al final es lo que desea el profesional del mercado del alquiler, la rotación continua es mala para todas las partes.
Y más inmediato, el impacto de la modificación de la ley de enjuiciamiento civil, respecto a los desahucios por alquiler, creo que va a ser fundamental el que el órgano judicial conozca desde el principio del procedimiento si se encuentra o no ante una familia vulnerable y que las administraciones que tengan que reaccionar tengan un mayor plazo de tiempo para poder hacerlo.
Y creo que también va atener mucho impacto permitir que los ayuntamientos destinen su superávit a vivienda. Hay actuaciones como los procesos públicos de compra de vivienda en los que los ayuntamientos podrán ejercer su derecho de tanteo y retracto que también van a salir favorecidos.
Hablando del derecho del tanteo y retracto (el que se otorga a un individuo o administración para tener derecho preferente de compra de un bien en igualdad de ofertas). ¿Qué es exactamente lo que se ha aprobado?
Es complejo. Es una competencia en materia de vivienda que tienen que regular las CCAA, solamente en la LAU estaba regulado porque era negativo respecto al inquilino. Cuando se hacía una compraventa del inmueble en su conjunto el inquilino perdía su derecho de tanteo y retracto. Lo que hemos hecho es recuperar este derecho a través de la administración pública. Es decir, cuando se venda un inmueble en su conjunto, la administración pública podrá ejercer su derecho de tanteo y retracto, pero muchas comunidades autónomas ya están ejerciendo este derecho.