El Boletín Oficial del Estado ha publicado este jueves la convocatoria de ayudas para el proyecto piloto de jornada laboral de cuatro días en pequeñas y medianas empresas industriales de hasta 250 trabajadores. Estos proyectos piloto deberán reflejar una reducción de jornada mínima del 10% —sin merma del salario— para un número de empleados determinado según el tamaño de la empresa, y con una duración mínima de dos años desde la fecha de resolución de concesión. La cifra asignada a la convocatoria es de 9.650.000 euros en total.
¿Quiénes pueden acogerse?
Podrán tener la condición de empresas beneficiarias las sociedades que tengan consideración de pequeñas y medianas empresas, con personalidad jurídica propia legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial.
No podrán acogerse las empresas que no estén al corriente de pago de las obligaciones de reembolso de préstamos o anticipos anteriormente concedidos con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, entre otras. En este documento se pueden consultar todos los requisitos.
Los gastos subvencionables del proyecto piloto deberán realizarse en el plazo de doce meses a contar desde el día siguiente a la resolución de concesión, excepto el gasto derivado del informe de auditoría, que podrá realizarse dentro del plazo concedido para presentar la documentación justificativa.
¿Qué gastos son subvencionables?
Una vez impulsados los proyectos pilotos y cumplidas las condiciones de la convocatoria, las ayudas se darán por los costes asumidos como consecuencia de la reducción de la jornada, así como por los costes de implementación de nuevas fórmulas organizativas y la formación que, a medio plazo, generen un incremento de la productividad.
¿De cuánto es la ayuda como máximo?
La financiación total a conceder en forma de subvención “será como máximo del 90% sobre el presupuesto financiable”. El importe máximo será de 200.000.
¿Qué documentación hay que presentar?
Hay que presentar el formulario de solicitud (en el que se recoge el presupuesto estimado y el valor de los gastos subvencionables), documentación que acredite la condición de ser una pyme, una memoria que contenga el proyecto piloto de reducción de la jornada, acreditación válida del poder del firmante de la solicitud que deje constancia fidedigna de su existencia, acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, las cuentas anuales del último ejercicio, la acreditación de la declaración y liquidación del Impuesto de Sociedades del último ejercicio, la documentación acreditativa del acuerdo firmado con la representación legal de los trabajadores y, finalmente, varias declaraciones responsables (entre ellas, de no tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración).
¿Hasta cuándo se pueden pedir?
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de la publicación en el BOE, es decir, contando a partir de este jueves 13 de abril.