El Ministerio de Consumo ha propuesto modificar la Ley del Juego de 2011 para que, una década después de su entrada en vigor, los ciudadanos puedan conocer la identidad de las empresas y personas sancionadas por incurrir en infracciones graves o muy graves de esta norma.
Actualmente, y una vez que devienen firmes en vía administrativa, se hacen públicas las infracciones de sectores como energía o telecomunicaciones, que están bajo el paraguas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC); las que reciben las compañías cotizadas a las que vigila la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV); o las impuestas a las entidades financieras que supervisa el Banco de España.
Con el sector del juego no es así. La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) solo publica datos agregados de las sanciones que impone cada ejercicio en su memoria anual, sin identificar a los infractores.
Para poner fin a esa opacidad, el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal que actualmente se está tramitando en el Congreso de los Diputados a propuesta del Ministerio de Hacienda incluye dos aportaciones del Ministerio de Consumo para publicar las sanciones graves o muy graves mediante una modificación de la citada ley de 2011.
El citado proyecto de ley establece que “la autoridad encargada de la regulación del juego, a través de su página web, publicará las resoluciones sancionadoras firmes en vía administrativa impuestas con arreglo a los tipos infractores de los artículos 39 y 40”, que establecen las infracciones muy graves o graves de la Ley del Juego.
Asimismo, “la autoridad encargada de la regulación del juego, a través de su página web, publicará información actualizada sobre dominios web a través de los cuales se haya acreditado el ofrecimiento de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley careciendo del correspondiente título habilitante”, dice el texto en tramitación.
El Congreso todavía tiene que sacar adelante la norma que contiene esta medida, que llegaría tras la entrada en vigor del nuevo decreto de publicidad del juego, que prevé suspender durante seis meses la licencia de las casas de apuestas que se salten el veto a los anuncios que ha impuesto esa reciente norma.
Aumento de las sanciones
Según datos de Consumo, en los últimos cinco ejercicios (en el periodo 2016-2020), la DGOJ ha impuesto 127 sanciones por infracciones de la Ley del Juego que en algunos casos han ascendido hasta los 5 millones de euros y han llevado aparejada la inhabilitación del operador durante un plazo de dos años.
En la última memoria publicada por la DGOJ, de 2019, se explica que en ese ejercicio se impusieron sanciones por importe de 32,3 millones, frente a los 4,3 millones de un año antes, y se iniciaron 234 expedientes sancionadores, 6 veces más con respecto a los 36 de 2018.
Un “importante crecimiento” que la DGOJ atribuyó “a la infracción por la vulneración de la prohibición subjetiva de participantes en competiciones deportivas de apostar en dichas competiciones”. El año pasado, Consumo lanzó un plan integral de lucha contra el fraude en las apuestas que prevé, entre otras medidas, realizar un informe pionero en España para detectar posibles adicciones al juego en el deporte profesional.
Actualmente, son infracciones muy graves, con multas de entre 1 y 50 millones de euros, organizar actividades de juego sin la correspondiente licencia, el impago injustificado y reiterado de premios, o “la alteración o manipulación de los sistemas técnicos previamente homologados o de cualquier otro elemento relativo a la obtención de premios en perjuicio de los participantes”, entre otras.
Entre las infracciones graves, con multa de hasta un millón, está “permitir el acceso a la actividad de juego a las personas que lo tienen prohibido”, “la concesión de préstamos o cualquier otra modalidad de crédito a los participantes”, el impago de premios o saltarse las limitaciones a la publicidad de los anuncios de las casas de apuestas que establece el nuevo decreto de Consumo.