Lo que debes saber para acogerte al nuevo bono social ante la enésima escalada de la luz
Falta de lluvia y viento, caída de la generación hidroeléctrica, pujanza de las centrales de carbón y gas (las más caras) y el subidón de precios del pasado lunes por la aplicación de un complejo algoritmo, investigado “con atención” por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), han vuelto a poner el foco en el recibo de la luz.
El episodio de esta semana puede ser un aperitivo de lo que esté por venir cuando venga el frío (y la demanda aumente), si persiste la sequía. El nuevo bono social eléctrico, que entró en vigor el pasado 8 de octubre, puede paliar el efecto de estos repuntes con un sistema de descuentos para determinados colectivos cuyas claves te resumimos.
¿Quién puede beneficiarse?
Los descuentos, que sólo se aplican a la electricidad (no al gas), se otorgan en función de la renta, tal y como se había reclamado desde distintos ámbitos (por ejemplo, el Defensor del Pueblo), aunque se mantienen para todas las familias numerosas sin distinción de renta, un aspecto que el Gobierno ha preferido no tocar y que implica que un matrimonio de millonarios con tres hijos menores a su cargo podrá tener el bono social si lo pide.
Para el resto de hogares, los descuentos dependen del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) o, en el caso de los pensionistas, de que reciban las prestaciones mínimas o de incapacidad permanente y no tengan otros ingresos. El bono se aplica solo a primeras viviendas con una potencia contratada igual o inferior a 10 kW acogidas al PVPC (no al mercado libre).
¿Cuál es la renta máxima para tenerlo?
El IPREM es el indicador básico para determinar los umbrales de renta de las diferentes categorías de beneficiarios y el importe de los descuentos. En caso de un hogar sin niños (con uno o dos adultos), la renta de la unidad familiar no debe superar los 11.279 euros anuales (1,5 veces el IPREM de 14 pagas). Para familias con un menor es de 2 veces el IPREM (15.039 euros anuales) y si son dos menores, 2,5 veces (18.799 euros anuales). Estos consumidores tienen la categoría de “vulnerables” y podrán acceder a un descuento del 25% en su factura.
Los umbrales de renta aumentan (se multiplican por 0,5%) en el caso de personas con discapacidad igual o superior al 33% y víctimas de violencia de género o de terrorismo).
La nueva normativa establece también la categoría de vulnerables “severos”, para los que el descuento es del 40%. Sus ingresos tienen que ser menos de la mitad de los umbrales anteriores en cada una de las tipologías de hogar; y en el caso de las familias numerosas, su renta debe ser inferior a 15.039 euros.
Por último, se crea una categoría de consumidores en riesgo de exclusión social: los “vulnerables severos” que estén siendo atendidos por los servicios sociales municipales o autonómicos. Su suministro eléctrico será considerado “esencial” y no se les podrá cortar la luz. En este caso, se subvenciona el 100% del recibo con participación de las comunidades autónomas. Algunas, como Castilla-La Mancha, no están de acuerdo.
¿Se subvenciona todo el consumo?
No. Si con el anterior bono social el descuento (25%) se aplicaba a todo el consumo, aquí se ponen topes anuales, correspondientes a un gasto mensual de energía básico para cada tipo de hogar. Para la OCU, “esta es una de las medidas más controvertidas, pues merma en parte la ventaja del bono social de algunos hogares, especialmente los que utilizan la electricidad como sistema de calefacción, ya que los meses de frío, la mayor parte de su consumo no podrá beneficiarse del descuento” al superar el límite mensual.
Para una unidad familiar sin hijos se fija un consumo máximo de 1.200 kWh, lo que equivale, como recuerda Facua, a “una media de sólo 100 kWh mensuales, frente los 366 kWh que consume el usuario medio en España”. Para una unidad familiar con un menor se fija en 1.680 kWh; si hay dos hijos, en 2.040 kWh; y para una familia numerosa, en 3.600 kWh. Si se trata de pensionistas, se fija en 1.680 kWh.
El tope es generoso para una familia numerosa con tres menores, como señala el experto en energía y estudioso de la pobreza energética Pedro Linares: “El consumo máximo subvencionable es curiosamente un 80% mayor al de la unidad con dos menores, que a su vez sólo ve aumentado su consumo máximo subvencionable un 20% sobre la unidad familiar con un solo menor. ¿Alguien entiende esto?”
Hasta ahora tengo el bono, ¿lo perderé?
Dependerá de si se está incluido en las nuevas categorías de beneficiarios. Hasta ahora, disfrutaban del descuento los hogares con una potencia contratada inferior a 3 kW, que ahora se quedan fuera. Si no se tiene derecho a disfrutarlo, se mantendrá el descuento durante seis meses.
¿Qué pasa con los impagos y los cortes?
Antes de iniciar el proceso de corte de suministro las eléctricas deberán reclamar los impagos de forma fehaciente con un antelación de dos meses que, en el caso de los consumidores vulnerables, deberá ser de cuatro meses. La administración podrá acceder a la información de las interrupciones de suministro previstas con el fin de identificar hogares en riesgo de exclusión social.
¿Cómo se solicita el bono y quién lo paga?
La aplicación del bono social no es automática. Hay que pedirlo por teléfono, fax, correo electrónico o postal al comercializador de referencia (COR), o en las oficinas o las webs de estas empresas (actualmente son ocho, las COR de las grandes eléctricas y otras regionales). Salvo en el caso de las familias numerosas, los consumidores con bono social deberán renovarlo cada dos años. Como el Gobierno todavía no ha desarrollado todavía la aplicación para cruzar los datos fiscales de los clientes, en las primeras semanas de implantación del nuevo sistema las eléctricas se están viendo obligadas a solicitar a los clientes sus datos de renta para comprobar si tienen derecho al bono, según Cinco Días.
La mayor parte de los descuentos corren a cargo de las comercializadoras, que, como indica Pedro Linares, “por supuesto lo trasladan a los clientes, y no a los presupuestos, que es donde debería estar”. Las eléctricas, que ya han conseguido tumbar dos veces en los tribunales el mecanismo de financiación del bono, rechazan asumir ese coste: “Sigue recayendo sobre agentes privados el peso de la financiación de medidas de protección social, un aspecto que claramente entra dentro del cometido de la función pública”, señalaba estos días Pedro González, Director de Regulación y Asuntos Económicos de la patronal Unesa.