Entre las muchas informaciones que han trascendido en los últimos días sobre Gerardo Díaz Ferrán hay una que ha causado estupor: la declaración de la renta del presidente de la patronal le salió en 2010 a devolver. Que la Agencia Tributaria devolviera al entonces líder de los empresarios españoles 2.052,47 euros causa perplejidad, teniendo en cuenta que aún entonces su tren de vida parecía el de un prototípico millonario. La primera explicación, la más sencilla, es en realidad la menos verosímil: que el patrón de patrones hubiera pagado religiosamente todos sus impuestos en el ejercicio 2010 y que, de hecho, Hacienda le hubiera retenido más de la cuenta, por lo que las arcas del Estado le hubieran tenido que reingresar los 2.000 euros. A la luz de los datos que se van conociendo a través de las filtraciones del sumario de la Operación Crucero, por la que ha sido detenido el exdueño de Marsans, la religiosidad en el pago de la renta no parece muy probable, ya que ese fue el ejercicio en el que Díaz Ferrán urdió la trama para evitar a sus acreedores y presuntamente, blanquear dinero. Entonces, ¿cómo se las arregló el empresario para aparentar esta normalidad en sus cuentas con Hacienda?
“Lo más fácil es no hacer siquiera la declaración de la renta, como en el caso de Juan Antonio Roca en el caso Malaya”, apunta Carlos Cruzado, presidente del sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha. Sin llegar al extremo de Roca, Díaz Ferrán sí hacía aparentemente uso masivo de la utilización de dinero negro, ya que las investigaciones judiciales aseguran que el empresario iba una vez al mes a Valencia a recibir, en metálico y sin factura, 100.000 euros de Ángel de Cabo, el hombre al que vendió Marsans y con el que pactó la estrategia de alzamiento de bienes de la que están acusados ambos. “Usar dinero negro es el método más eficaz para pagar menos impuestos”, corrobora otra fuente que recuerda que una fórmula habitual de blanquearlo es mediante un negocio con una fuerte facturación cara al público. Como cientos, o miles de clientes, no van a llevar sus “tickets” a Hacienda, el propietario de ese negocio puede ir lavando su dinero haciéndolo pasar por ingresos legales trimestre a trimestre en su declaración por módulos.
El dinero negro que presuntamente cobró Díaz Ferrán podía servir para costear su tren de vida y pagar el mantenimiento de sus fincas y propiedades, que, aunque a nombre de varios terceros, seguían estando bajo su responsabilidad por uso y disfrute. Según se comentaba en aquel momento, el patrón de patrones no se privó de seguir celebrando cacerías en su coto del Castillo del Alamín, en Toledo. También tenía que pagar el mantenimiento del yate, del Rolls Royce o de los pisos en Nueva York, una serie de lujos caros de conservar.
Pero Díaz Ferrán también ingresaba dinero regularizado, o de otra forma no se le hubiera podido practicar una retención que luego le fuera devuelta por Hacienda. El madrileño renunció a su sueldo como presidente de CEOE, aunque sí pasaba los gastos de representación, una partida que siempre se ha mantenido en secreto en la organización, y los empresarios costeaban además los gastos de escoltas y transporte del presidente de la patronal. Teniendo en cuenta que Díaz Ferrán no abandonó su cargo hasta mediados de diciembre de 2010, esto supone que prácticamente sus gastos diarios podían estar cubiertos por la organización durante todo el ejercicio. Los pocos gastos personales en los que incurriera podía haberlos pasado como gastos de alguna de sus sociedades, para de nuevo reducir drásticamente los impuestos a abonar en ellas.
Los ingresos regulares de Díaz Ferrán podían ser pon tanto un sueldo al uso por alguno de los cargos en sus sociedades o dietas por asistencia a los consejos de Administración. En el ejercicio 2010, una retribución por participar en un Consejo de Administración tributaba a un 42% (dietas de asistencia). Un tipo mucho más elevado que el que tiene que pagar una sociedad (que como máximo responde a un impuesto de sociedades del 30%), lo que hace sospechar que el dirigente utilizaba sus empresas, en concreto Grudisán, la sociedad familiar que tenía con su mujer, Raquel Santamaría, y sus tres hijos, para facturar sus servicios en los otros consejos de administración del grupo. Esta sociedad, de la que pendía el patrimonio familiar (incluido el Rolls Royce o la finca de caza), fue una de las que Díaz Ferrán cedió a De Cabo para envitar el embargo de su patrimonio que habían solicitado sus acreedores.
Con todo, fuentes fiscales recuerdan que aunque Díaz Ferrán hubiera declarado ingresos en la renta, los hubiera podido compensar con unas pérdidas en una actividad económica que declarara de forma personal y no mediante una sociedad. Por poner un ejemplo (irreal pero plausible) si Díaz Ferrán o cualquier otro contribuyente declara que tiene una actividad económica agrícola (pareja a sus otras actividades como asalariado o, en este caso, como consejero de una empresa) y en ellas hubiera tenido cuantiosas pérdidas, estas le hubieran rebajado abruptamente la factura fiscal. Otra cosa es si estas pérdidas hubieran sido reales o simuladas.
“En realidad, hay más contribuyentes a los que les sale la declaración a devolver que a pagar”, recuerda la misma fuente, que también apunta a que las comprobaciones de la Agencia Tributaria son muy “someras”. Esta es la principal queja de Gestha, que casos como el de Díaz Ferrán no se investiguen en Hacienda de oficio. “La Agencia Tributaria se limita a cruzar datos y si no salta ninguna alarma no se inspecciona”, protesta Cruzado. “El cotejo de datos no es suficiente. Se deberían controlar también las discrepancias con el patrimonio y el tren de vida como en este caso”, ahonda.
Para Juan José de los Mozos, presidente de Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (ASEFIGET), la explicación de cómo puede sortearse al fisco es también muy sencilla. “La ley está hecha para las grandes empresas”, asegura a la vez que asevera que si cada contribuyente pudiera disponer de un asesor fiscal en el día a día apenas pagaría impuestos. De los Mozos aventura que por la cuantía de la cantidad a devolver que le resultó a Díaz Ferrán, su declaración de la renta estaba planificada prácticamente para cuadrar y la devolución se podría explicar por la deducción por la hipoteca en vivienda habitual. Díaz Ferrán hipotecó su chalet madrileño por 4,5 millones de euros para hacer frente a los problemas de sus empresas. Pese a la elevada cuantía del crédito, la deducción máxima que Hacienda le pudo reconocer en aquel ejercicio fueron 1.352,25 euros. Si a ello se le suma alguna posible donación que hubiera hecho el empresario, eso explicaría la ajustada cantidad a devolver.
De los Mozos se queja amargamente de la existencia de instrumentos fiscales como las Socimi, Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, prácticamente análogas a las Sicav, ambas con una tributación del 1% y que han servido de refugio para que los más adinerados puedan pagar menos a Hacienda. Una función similar cumplían en el pasado las sociedades patrimoniales que las familias adineradas utilizaban para albergar sus propiedades inmobiliarias pero cuya utilidad fiscal ya no está en vigor.
A pesar de que Díaz Ferrán poseía, o al menos disfrutaba, de varias fincas o inmuebles, por las que en la declaración se les podría haber atribuído alguna renta, la mayoría estaban a nombre de sus familiares, en un primer momento, y de las sociedades que se cedieron a De Cabo en el curso de 2010. Así Gerardo junior, Raquel y Marta, los tres hijos de Díaz Ferrán, aparecían junto a su madre con uno u otro papel en Grudisán y en el resto de las sociedades que pendían de ésta.
Con todo, además de la anécdota de la declaración de la renta, Díaz Ferrán hacía uso de una serie de artimañas fiscales que aparecen en el sumario y que las fuentes consultadas reconocen que se usan en múltiples ocasiones.
Sociedad instrumental/sociedad pantalla: Son sociedades interpuestas que se crean para evitar la responsabilidad patrimonial u otro tipo de responsabilidades. Persiguen desviar la atención y simular que no hay vinculación con la sociedad que tiene deudas o algún otro tipo de problema económico. También se crean para cobrar facturad que de otra forma estarían sujetas a una tributación mucho más elevada en el IRPF. Si su sede está además en un paraíso fiscal es casi imposible seguirles el rastro.
Sociedad patrimonial: no tiene actividad económica y sirve para ostentar la titularidad del patrimonio y menguar la tributación. Hoy día no tiene sentido pero se utilizó para mermar la tributación por propiedades.
Testaferro: Es una persona física a la que se le ceden los bienes y con el que se pacta el uso y disfrute de los mismos. La finalidad es aparentar que no se dispone de posesiones para evitar, por ejemplo, un embargo.