El Gobierno crea un subsidio para trabajadores temporales con contratos extinguidos en el estado de alarma

El Gobierno ha creado un subsidio excepcional de 430 euros para trabajadores temporales que se hayan quedado en paro en el estado de alarma y que no tengan derecho al desempleo u otros subsidios. No podrán acceder a él todos los temporales: pueden recibir la ayuda aquellas “personas trabajadoras que disfrutasen de un contrato temporal de al menos dos meses de duración que se haya extinguido después de la entrada en vigor del estado de alarma”, explican en el Ministerio de Trabajo.

El subsidio excepcional que ha aprobado este martes el Consejo de Ministros para los empleados temporales está dentro de un nuevo paquete de medidas sociales para paliar los efectos negativos de la pandemia del coronavirus. Entre ellas, destacan una moratoria de seis meses del pago de las cotizaciones para autónomos y pymes, medidas sobre alquileres (como microcréditos al 0% a diez años y ayudas de hasta 900 euros al mes para inquilinos), una prestación para empleadas del hogar dadas de alta que pierdan ingresos y la extensión de la prohibición de los cortes de suministros y la ampliación del bono social.

430 euros y un mes de duración

Según detallan en Trabajo, el subsidio tiene en principio una duración de “un mes” y podrán acceder a él estos trabajadores temporales que no hayan cotizado el mínimo necesario para acceder a otro tipo de prestación o subsidio.

La cuantía de la ayuda alcanza “el 80% del Indicador Múltiple Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)”. El IPREM, un indicador clave que se utiliza como referencia para multitud de ayudas y subsidios, es de 537,84 euros mensuales (6.454,03 euros al año en 12 pagas) este 2020. Por lo tanto, el subsidio extraordinario para estos temporales, del 80% del IPREM, alcanzará los 430,27 euros mensuales.

El IPREM lleva prácticamente congelado desde hace una década, algo que denuncian con insistencia desde organizaciones sociales contra la pobreza y la desigualdad.

Este subsidio se suma a otras dos medidas para los trabajadores temporales aprobadas por el Ejecutivo en esta crisis: la prohibición de rescindir contratos durante el estado de alarma (al igual que despedir) y la interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales de trabajadores incluidos en ERTE por el Covid-19.

Los sindicatos CCOO y UGT reclamaban aun así que se aprobara alguna prestación para los trabajadores temporales que ya habían sido expulsados de sus empresas en los primeros días de la emergencia sanitaria y se habían quedado sin ningún tipo de ingresos. Según los cálculos de CCOO, en torno a un millón de trabajadores se han quedado sin empleo, de los que unos 750.000 son temporales.

La excesiva temporalidad es uno de los principales problemas del mercado laboral en España, con la mayor tasa (casi 27%) de trabajadores temporales sobre el total de asalariados en la UE. Uno de los mayores focos de precariedad se encuentra en el auge de los contratos más cortos: los contratos de menos de siete días se han duplicado desde el inicio de la crisis, y la siguiente modalidad que más ha crecido es la de los contratos de entre 7 y 15 días.

Incompatible con otras prestaciones

Este subsidio extraordinario es incompatible con la percepción de “cualquier renta mínima, renta de inclusión, salario social o ayudas análogas concedidas por cualquier Administración Pública”, explican en el Ministerio de Trabajo. “También es incompatible con cualquier otro subsidio de desempleo”, añaden.

El vicepresidente de Derechos Sociales, Pablo Iglesias, ha destacado en rueda de prensa que las medidas sociales aprobadas este martes buscan ampliar el “escudo social” frente a las consecuencias negativas del Covid-19. “El confinamiento salva vidas”, ha dicho parafraseando a la ministra portavoz, María Jesús Montero, pero ha destacado que el Ejecutivo no puede pedir que los ciudadanos se queden en casa “si no se ofrece seguridad a la gente para que pueda afrontar con garantías” este periodo.

Iglesias ha destacado que con este subsidio y con la prestación extraordinaria de desempleo para las empleadas domésticas que también ha aprobado hoy el Ejecutivo, se busca proteger a “colectivos especialmente vulnerables que no habían quedado cubiertos por el primer paquete” de medidas laborales frente a la epidemia. Con ellas, el vicepresidente segundo del Gobierno ha sostenido que se pretende ofrecer un “trato equiparable” al de los trabajadores afectados por ERTE, que pueden acceder a la prestación de desempleo (más cuantiosa) aunque no tengan el mínimo cotizado para ello y sin que les consuma su derecho generado al paro.

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