“Promiscuidad financiera impropia de un buen comerciante”, participación en “una empresa aparente”, “pasividad rayana en la total irresponsabilidad”... Así describe la Audiencia Nacional la gestión de Unipapel por el grupo de empresas del fondo buitre Springwater. Una reciente sentencia, que resuelve una denuncia de Comisiones Obreras, anula el ERTE (expediente de regulación temporal de empleo) que impuso Unipapel a unos 300 trabajadores y condena de manera solidaria a Springwater en España –ahora denominado Investment Monitoring Services SL–, ya que considera que el fondo forma parte de un grupo de empresas y por tanto debe responder en las cuestiones laborales.
El reconocimiento de los magistrados de que existe un “grupo de empresas a efectos laborales” en el que está involucrado el fondo buitre es una de las principales luchas de CCOO frente a Springwater. El sindicato ya consiguió una sentencia favorable el pasado mayo respecto a la compañía Delion. En ese caso y en el de Unipapel, el cierre de las empresas provocó que las compañías no asumieran el pago de las nóminas adeudadas ni de las indemnizaciones a sus trabajadores, de las que tenía que responder el Estado a través del Fogasa.
El sindicato exigía por tanto que se reconociera la responsabilidad solidaria del fondo buitre –que se había hecho con el total de las participaciones de estas empresas–, para que pagara los costes. La Audiencia Nacional se ha tenido que pronunciar finalmente sobre esta cuestión por orden del Tribunal Supremo, ya que en una primera sentencia anuló el ERTE de Unipapel, pero no entró a resolver si existía o no el grupo empresarial.
Fuentes de Springwater aseguran a eldiario.es que recurrirán la sentencia ante el Tribunal Supremo y niegan que “Springwater esté condenado”, sino Investment Monitoring Services S.L. El fallo menciona ambas denominaciones ya que se trata de la misma compañía, que cambió de nombre en octubre de este año.
Raúl Olmos, secretario de Acción Sindical de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de COOO, explica que si Springwater recurre “tiene que consignar en el juzgado la cuantía que exige la sentencia” en salarios y prestaciones. Según Olmos, la cifra puede rondar los “nueve millones de euros”.
Retrato de la mala gestión de Unipapel
CCOO también denunció que la compraventa de Unipapel entre Adveo y Springwater (a través de Eastside Control, SL) fue fraudulenta, ya que solo buscaba “liquidar, sin derechos, los contratos de sus trabajadores, transferidos fraudulentamente a Unipapel” y pidió que se incluyera a Adveo dentro del grupo de empresas de Springwater. En estas dos cuestiones la Audiencia Nacional no ha dado la razón al sindicato. La tesis de Comisiones sí es compartida por una de las magistradas, Emilia Ruiz-Jarabo Quemada, que ha emitido un voto particular.
Aunque no concluyan que exista una compraventa fraudulenta, los magistrados detallan –y dejan en bastante mal lugar– la gestión del fondo buitre de la empresa Unipapel. Los jueces consideran que Springwater “ha dirigido toda la operación desde el principio hasta el final” y apuntan como “revelador” que Martin Gruschka (administrador único del fondo) y el apoderado de Springwater Capital Spain se reunieran con los comités de empresa de Unipapel para tratar el despido del personal.
Los jueces retratan el declive de Unipapel al pasar a manos del fondo buitre. “Se ha acreditado cumplidamente que, pese a que Unipapel inició su andadura sin deuda y dotada además de las materias primas precisas para su debida explotación”, recoge la sentencia, “incumplió, desde el primer momento, los compromisos adquiridos con Adveo”. No fue el único incumplimiento: tampoco alcanzó el objetivo de compras con la empresa Adveo, dejó de comprar materias primas, “lo que le impidió cumplir con sus clientes” y de abonar las cotizaciones sociales de los trabajadores a la Seguridad Social.
En este contexto de impagos, Unipapel prestó “a empresas del Grupo Springwater la cantidad de 8.528.692 euros” y contaba con un contrato de cash pooling (caja única) con otras empresas del grupo del fondo inversor, con un saldo deudor de 1,6 millones, aunque recibió un apoyo financiero de 3,4 millones. Estos movimientos de capital revelan, a ojos de los magistrados, “una promiscuidad financiera impropia de un buen comerciante” y, en último término, que las compañías del grupo Springwater constituían un grupo de empresas a efectos laborales con Unipapel.
La Sala considera que Unipapel “es efectivamente una empresa aparente”, no por carecer de los medios necesarios para conseguir sus objetivos “sino porque no los ha utilizado efectivamente” y destaca que “ha llevado en un plazo récord” a una empresa solvente al concurso de acreedores, “con una pasividad rayana en la total irresponsabilidad”. Los jueces subrayan que el grupo Springwater, “que se había comprometido a llevar a buen puerto la operación”, no puso “los medios reales para revertir una situación, que se trocó en calamitosa al poco tiempo de comenzar su andadura”.
Pagar los salarios y el paro a las arcas públicas
El resultado más directo de la sentencia es que anula el ERTE que afectó durante 12 meses a unos 300 trabajadores de Unipapel. Los magistrados condenan a Unipapel, Springwater Capital Spain (ahora Investment Monitoring Services) y a Delion Holding Spain a readmitir a los trabajadores afectados en las mismas condiciones anteriores a la suspensión de sus contratos de trabajo, algo que ya no se puede cumplir porque fueron más tarde despedidos en un ERE y la empresa ya no está operativa.
También condenan a las tres compañías a abonar a los trabajadores los salarios dejados de percibir durante esos 12 meses y a reintegrar a las arcas del Estado, en concreto al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las prestaciones por desempleo percibidas por la plantilla durante el ERTE.
Raúl Olmos explica que la batalla judicial con el fondo aún “no ha concluido” en el caso de Unipapel, porque el sindicato también recurrió el despido colectivo que acabó dejando en la calle a la totalidad de la plantilla. Los trabajadores de Delion, en una situación similar, consiguieron que se anulara el despido colectivo y finalmente que el fondo inversor les indemnizara con la cuantía correspondiente al despido improcedente.