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La propuesta final de Ábalos eleva hasta el 90% los beneficios fiscales a propietarios que rebajen un 10% el alquiler

Analía Plaza

17 de marzo de 2021 16:13 h

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El Ministerio de Transportes y Agenda Urbana dirigido por José Luis Ábalos ha presentado este miércoles la propuesta del anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda. Los socialistas se desmarcan definitivamente de la regulación de los precios del alquiler, alegando en un comunicado que “los sistemas de regulación de rentas ensayados en Alemania o Francia no han demostrado eficacia”. En su lugar, plantean una modulación de una medida que ya existe en España: la reducción del 60% en el IRPF para propietarios que alquilen su vivienda, que ascendería hasta un 90% la exención fiscal en caso de que los propietarios rebajen en un 10% el precio del alquiler en zonas tensionadas.

La propuesta socialista, presentada a su socio de Gobierno Unidas Podemos, pasa por mantener la reducción del 60% en los contratos existentes y bajarla al 50% en los nuevos. A partir de ahí, proponen aumentar la bonificación según el caso:

  • Si el propietario alquila a precio de vivienda protegida, puede reducirse un 60%.
  • Si el propietario alquila una vivienda recientemente rehabilitada, puede reducirse un 60%.
  • Si el inquilino es un joven entre 18 y 35 años y el propietario alquila a precio “limitado”, puede reducirse un 70%.
  • Si el inquilino tiene “ingresos reducidos”, el propietario podrá reducirse un porcentaje sin determinar.
  • Si el propietario pone la vivienda a disposición de algún programa de alquiler social, puede reducirse el 70%.
  • Si la cede a una entidad sin ánimo de lucro especializada en colectivos vulnerables, puede reducirse el 70%.

Además, la propuesta incluye la creación de las “zonas tensionadas”. Si una zona se declara como tal por la administración competente (la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento), los caseros podrán aplicar las siguientes reducciones:

  • Si el propietario pone la vivienda en alquiler por primera vez, puede reducirse un 70%.
  • Si el propietario baja el alquiler un 10% respecto al contrato anterior, podrá reducirse el 90%.

Además se propone que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles tenga una definición clara para que los Ayuntamientos puedan aplicar el recargo en la cuota del IBI a aquellos inmuebles de uso residencial que permanezcan desocupados, estableciendo un periodo temporal de referencia de dos años, fijando un número mínimo de cuatro inmuebles por propietario, y estableciendo una serie de causas justificadas de desocupación temporal del inmueble.

Entre estas causas estaría el traslado temporal por razones laborales o de formación; cambio de domicilio por razón de dependencia, salud o emergencia social; inmuebles destinados a usos de vivienda de segunda residencia con un máximo de 4 años de desocupación continuada; inmuebles sujetos a actuaciones de obra o rehabilitación, u otras circunstancias que imposibiliten su ocupación efectiva; vivienda objeto de un litigio o causa pendiente de resolución judicial o administrativa que impida su uso y disposición; y con inmuebles que sus titulares personas físicas o jurídicas ofrezcan en venta (un año máximo) o alquiler (con un máximo de seis meses), en condiciones de mercado.

El ministerio de Ábalos considera que esta es una “ambiciosa propuesta que hace compatible la contención de los precios del alquiler de vivienda con un significativo incremento del stock de oferta existente” y que con ella “continúa cumpliendo con los vigentes acuerdos de Gobierno y de Presupuestos”.

Sin embargo, desde Unidas Podemos han acusado el PSOE de incumplir “flagrantemente” el acuerdo de Gobierno, que recogía el compromiso de habilitar a las comunidades autónomas/ayuntamientos a regular el alquiler en zonas tensionadas.

“La oferta del PSOE consiste en dedicar recursos públicos a asumir, por parte de todos los contribuyentes, las rebajas en la renta que realice quien tenga una vivienda en alquiler”, han explicado fuentes del partido. “Desde Unidas Podemos se considera que ésta no sólo incumple el acuerdo de Gobierno por no incluir la regulación de precios del alquiler, sino que además es antisocial al promover que quien más tiene, y más ha contribuido a hinchar la burbuja, se beneficie en mayor medida de estos incentivos sostenidos con el dinero de todos y todas”.

Cómo funcionan las bonificaciones fiscales

Recordemos cómo funciona esta reducción: si un propietario ingresa 12.000 euros al año por alquilar su piso y declara 3.600 euros anuales de gastos (comunidad, reparaciones o intereses de la hipoteca), debería pagar IRPF por 8.400 euros (el rendimiento neto del piso).

Sin embargo, con la bonificación paga impuestos solo por una porcentaje de esta cantidad. Si la bonificación es del 60%, el propietario paga impuestos por 3.360 euros (el 40% de 8.400 euros). Si la bonificación fuera del 90%, pagaría impuestos solo por 840 euros: el 10% del rendimiento neto.