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El TC no admite los recursos de “los Albertos” por la carta de Urbanor
El Tribunal Constitucional ha rechazado admitir a trámite los recursos de los empresarios Alberto Cortina y Alberto Alcocer para que se anulara la condena de cuatro meses de prisión impuesta en el caso de la carta de Urbanor por intento de estafa procesal y denuncia falsa.
Esto implica que ninguno de los primos podrá borrar sus antecedentes penales, después de que se cancelaran los correspondientes al caso Urbanor cuando el Constitucional anuló, en febrero de 2008, su condena a tres años y cuatro meses de prisión por prescripción de los delitos.
En el caso de la carta falsa -que buscaba exonerar de responsabilidad a los dos empresarios en la venta de los terrenos en los que se edificaron las torres KIO, en Madrid-, los magistrados del Constitucional Javier Delgado Barrio y Pablo Pérez Tremps han apreciado una “manifiesta inexistencia” de violación de derechos.
Pese a la inadmisión de esos recursos, los primos no tendrán que cumplir la pena de prisión, ya que la Audiencia Provincial de Madrid suspendió la ejecución de la sentencia.
El caso se inició en 2003, cuando apareció una carta en la que uno de los socios minoritarios de Urbanor, Pedro Sentieri, admitía que tanto él como el constructor Julio San Martín conocían la existencia de dos precios para la venta de los terrenos; una versión contraria a la que dieron ante los tribunales.
“Los Albertos”, que impulsaron el procedimiento contra Sentieri y San Martín por acusación y denuncia falsa, también utilizaron esa carta para que el Supremo revisara la sentencia a tres años y cuatro meses de prisión que les impuso en marzo de 2003 por haber estafado a sus socios con la venta de los terrenos de Urbanor.
Cortina y Alcocer, que fueron condenados tanto por la Audiencia Provincial de Madrid como por el Tribunal Supremo por el caso de la carta falsa, aseguraron en amparo que se habían vulnerado sus derechos a la presunción de inocencia, al principio de legalidad y de seguridad jurídica, a la tutela judicial efectiva y a no ser juzgados dos veces por el mismo hecho.
En sus recursos ante el Constitucional, los dos primos hicieron hincapié en que no se había probado que conocieran que la carta de Sentieri era falsa.
También atacaron que se les hubiera condenado por el delito de acusación y denuncia falsa contra sus socios de Urbanor y por el intento de estafa procesal al intentar que el Supremo revisara su condena por estafa, apoyándose en la carta.
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