La Presidencia Semestral de la UE, ostentada por Luxemburgo, empezó dándose de bruces con la agónica negociación con Grecia y la racanería de muchos países a la hora de acoger inmigrantes. Ya con las aguas menos revueltas se ha centrado en otras prioridades más técnicas que exigen mucha fontanería detrás de los focos. Las presidencias semestrales obligan a los gobiernos de turno a hacer esfuerzos extra para dejar logros en el tintero: Letonia, predecesora de Luxemburgo, arrancó un acuerdo in extremis sobre la supresión del roaming cuando nadie lo esperaba. Por eso el Gran Ducado intenta dejar su impronta con otros temas, empezando por el polémico tratado de libre comercio e inversión con Estados Unidos, conocido como TTIP.
Tras el voto favorable del Parlamento Europeo el 8 de julio al informe de opinión sobre el TTIP, la presidencia luxemburguesa ha entendido que dicha opinión –no vinculante- tiene que plasmarse de alguna forma en las negociaciones, en las que la UE está representada únicamente por la Comisión Europea. La enmienda más destacada de la última votación en Estrasburgo fue la relativa al controvertido mecanismo de arbitraje en caso de conflicto entre empresas y estados, también denominado por sus siglas en inglés: ISDS. Según el informe votado por el hemiciclo y que contó con el apoyo de populares, socialistas y liberales europeos, este mecanismo, cuyos jueces hasta la fecha procedían del sector privado, deberá ser “no discriminatorio” con las empresas locales o extranjeras, deberá tener “jueces independientes” y no podrá anteponer “los intereses privados a los públicos”. Por esta razón la UE está trabajando por crear unos ISDS público con el impulso de Luxemburgo.
Está por ver el resultado de la pretendida reforma del ISDS que airean los negociadores europeos: como apunta el activista Tom Kucharz, globalmente el ISDS está incorporado en la mayoría de los 3.268 tratados bilaterales de protección de la inversión (los denominados BITs) que hay en el mundo, 1.400 de los cuales firmados entre estados miembros de la UE y terceros países. “En el caso de España: los gobiernos del PSOE y PP firmaron 83 Acuerdos Bilaterales de Promoción y Protección de la Inversión, de los cuales 72 están en vigor, recuerda Kucharz, de Ecologistas en Acción.
Bruselas ahora persigue su propia vía: un sistema con “una corte, jueces, audiencias públicas y un sistema de apelación”, señala la presidencia luxemburguesa.
Luxemburgo se puso a trabajar en el asunto a raíz de la votación en la Eurocámara, según ha sabido este medio, que ha contactado varias veces con la representación del Gran Ducado en Bruselas para obtener más información, sin éxito. “Una de las prioridades será reformar el mecanismo inversor-estado”, indicó el ministro de Exteriores luxemburgués Jean Asselborn a varios eurodiputados en una audiencia parlamentaria la semana pasada.
La reforma del ISDS no alcanzará solo al TTIP: “El acuerdo con Canadá no reintroducirá el viejo ISDS por la puerta de atrás”, añadió Asselborn. Este último se conoce como CETA y la discusión está aún en marcha. Igualmente, la UE negocia con Vietnam y Japón, y quiere hacer lo propio con India o Túnez, por citar otros dos potenciales socios.
El giro que Bruselas quiere dar a los mecanismos de arbitraje encuentra numerosas críticas de varios expertos. La profesora titular de Derecho del Trabajo de la Universitat de Valencia Adoración Guamán, que está a punto de publicar un libro crítico sobre el TTIP, ve una gran “operación de maquillaje” en los “nuevos ISDS”: “Pensémoslo bien”, razona la docente. “Si lo que votó la Eurocámara pretendiera situar la resolución de los conflictos entre inversor y estado bajo jurisdicción ordinaria en los Estados miembros, como ocurre con los inversores estatales, ¿qué sentido tiene introducir un procedimiento paralelo?”.
Una visión bastante alineada con la del profesor de Economía de la Universidad de Kent y uno de los mayores expertos en ISDS, Harm Schepel. “Ninguna de las reformas planteadas en el Parlamento despeja mi principal inquietud con relación al TTIP: que cualquier mecanismo de arbitraje no aportará ningún beneficio y que dará un tratamiento desigual a las compañías, según su volumen de negocios y su tamaño”, advierte Schepel, holandés.
“Desde el momento en el que el mecanismo sitúa la disputa fuera de la jurisdicción ordinaria da igual el nombre que se le dé a las personas que solucionan la controversia”, lamenta por su parte Adoración Guamán. “Las partes pierden los derechos asociados al proceso, que en el caso español lo establece el artículo 24 de la Constitución Español, y quedan sometidas al poder de los árbitros”. La profesora de la Universidad de Valencia tampoco cree que la inclusión de un mecanismo de apelación vaya a mejorar las cosas “puesto que el mecanismo en cuestión será de nuevo una instancia arbitral”.