Las tres diputaciones dejarán exentas del IRPF las retribuciones por bajas de maternidad o paternidad y devolverán las retenciones por este concepto relativas a los últimos cuatro años, a partir del ejercicio de 2014. De esta manera, adoptan el criterio del Tribunal Supremo, que resolvió hace dos semanas que las rentas por bajas de maternidad o paternidad deben estar exentas del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se trata de una sentencia que no afecta a los territorios vascos, ya que su propia norma no ha sido recurrida, pero han decidido adaptar su regulación del IRPF, muy similar a la del territorio común, a la sentencia para aportar así “seguridad jurídica” a sus contribuyentes..
La decisión, que se ha adoptado en el transcurso de la reunión ordinaria del Órgano de Coordinación Tributaria (OCT), afectará a las declaraciones que no sean todavía firmes, es decir, a las presentadas en los últimos cuatro años, desde el ejercicio 2014.
Los contribuyentes afectados deberán efectuar la petición de devolución a la Hacienda Foral, que en los próximos días pondrá a disposición de los ciudadanos los mecanismos para hacerlo, con el objetivo de “eliminar obstáculos y allanar las peticiones de devolución”.
Mientras, las retenciones por las prestaciones de maternidad o paternidad realizadas en 2018 serán devueltas durante la próxima campaña de la renta.
Además, las haciendas forales han solicitado ya al Instituto Nacional de la Seguridad Social que deje de practicar las retenciones por bajas de maternidad o paternidad a los contribuyentes guipuzcoanos, a pesar de que la norma del IRPF del territorio continúa en vigor.