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Guía
Qué se puede hacer en Euskadi en esta fase de repunte de la pandemia

Varios agentes de la Ertzaintza, durante un control

Rubén Pereda

26 de marzo de 2021 19:40 h

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Euskadi afronta el nuevo repunte de la pandemia de COVID-19 con las restricciones que se aprobaron a las puertas de la Semana Santa. Los municipios —y también las provincias— con más incidencia quedan confinados perimetralmente, y se aplican en ellos cierres del interior de la hostelería y limitaciones en la práctica deportiva.

elDiario.es/Euskadi desgrana las principales medidas, y sus excepciones, en esta guía:

Confinamiento perimetral según la tasa

Euskadi sigue confinada perimetralmente. Queda prohibida la entrada y salida de Euskadi salvo por motivos sanitarios, obligaciones laborales, cuidado de mayores o dependientes o por otra causa de fuerza mayor. “No estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación estas limitaciones”, se explica desde el Gobierno vasco.

Además, en función de la incidencia acumulada, quedarán confinados los municipios y las provincias que superen los 400 casos por cada 100.000 habitantes a 14 días. Se podrá acudir al municipio colindante para hacer compras y deporte al aire libre. La resolución que actualiza el listado se publica los lunes. En el siguiente mapa se puede ver qué municipios están por encima de los 400 casos y en riesgo de quedar cerrados:

Limitación de los horarios de hostelería

En los municipios que queden en la zona roja, los establecimientos de hostelería y restauración deberán limitar sus horarios en interiores: solo podrán dar servicio de 6:30 a 9:30 y de 13:00 a 16:30; esto es, para desayunos y comidas. “Los locales de juego y apuestas solo podrán prestar en su interior servicios de hostelería en las mismas franjas”, aclara el Gobierno vasco.

En el resto de municipios, siguen en vigor las medidas generales de la hostelería, las denominadas “medidas de corrección de la actividad”. Con la excepción de las áreas de servicio, los establecimientos deberán cerrar, como muy tarde, a las 20:00 horas y no podrán abrir antes de las 6:00. Sí se permite la entrega de pedidos con cita previa en el establecimiento hasta las 21:00, mientras que el reparto a domicilio podrá continuar hasta las 22:00. “Se desaconseja expresamente fumar en las terrazas de estos establecimientos y el uso de mascarilla será obligatorio permanentemente, salvo en el momento expreso de la ingesta de alimentos o bebidas. No utilizar correctamente la mascarilla en estos espacios es un comportamiento sancionable, del mismo modo que en la vía pública”, se avisa. Además, en los locales podrán reunirse, como máximo, grupos de cuatro personas.

La práctica deportiva, limitada

La práctica deportiva en interiores también quedará limitada en aquellos municipios con las tasas de incidencia más elevadas. Si no se trata de entrenamientos ni competición de equipos profesionales y federados, no se podrán hacer grupos de más de cuatro personas. “En estas localidades se determina el cierre de vestuarios y duchas en instalaciones deportivas, salvo en piscinas, donde se permite su uso con un 35% de su aforo máximo y la utilización individual de duchas”, explica el Ejecutivo.

El Gobierno vasco ha matizado las excepciones que amparaban en materia de movilidad a los deportistas federados. De ahora en adelante, solo podrán desplazarse a otro municipio si ambos tienen una incidencia acumulada a catorce días inferior a los 400 casos por cada 100.000 habitantes o si son colindantes. Hay excepciones: “siempre y cuando estén inmersos, participen o vayan a participar en competiciones aprobadas en el calendario oficial de la federación correspondiente”, también podrán desplazarse. También quedan prohibidas las competiciones amistosas de los deportistas inmersos en competición federada. “En los desplazamientos a los entrenamientos, y momentos anteriores y posteriores a la práctica de deportes de equipo se guardarán las medidas de prevención básicas de mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros, grupos de seis personas y uso de mascarilla”, añade también el Gobierno vasco.

Al margen de estas especificidades en los municipios más afectados, siguen vigentes las principales medidas para el resto. El deporte escolar sigue estando permitido, aunque únicamente en entrenamientos y que, en todo caso, se deberán llevar a cabo en grupos de seis personas como máximo y 'burbuja'; esto es, no deberán variar su composición. El deporte federado también sigue limitado a entrenamientos en grupos de seis, mientras que los equipos profesionales y semiprofesionales podrán tanto entrenar como jugar.

Se recuerda que es obligatorio el uso de mascarilla para la realización de cualquier actividad deportiva. “Únicamente queda exceptuado su uso en espacios naturales, en entornos urbanos periféricos sin concurrencia de viandantes, en piscinas, en los momentos extraordinarios de actividad física intensa y en competición”, se matiza. También se recuerda que es obligatorio el uso de mascarilla en el gimnasio.

En las instalaciones deportivas, categoría en la que caen también las piscinas, se permite un aforo de un máximo del 50%. En estos casos, los vestuarios se podrán usar con una ocupación del 30%. “Estará permitida así mismo la utilización de duchas siempre que su uso sea individual. Los vestuarios deberán ventilarse de manera continua durante el uso y, además, antes de la apertura y después del cierre. Si la ventilación es mecánica, se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire”, se aclara.

Agrupaciones de cuatro personas y toque de queda a las 22:00

Las reuniones de personas siguen limitadas a un máximo de cuatro, “tanto en espacios de uso público como en espacios de uso privado, así como en la ocupación de mesas de establecimientos de hostelería y restauración”. ¿Las excepciones? “Que se trate de convivientes, y sin perjuicio de las excepciones que se establezcan en relación a dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público, o respecto a personas menores o dependientes”. “Se recomienda, en todo caso, evitar reuniones o encuentros de más de una unidad convivencial, especialmente, en espacios interiores”, se matiza desde el Gobierno vasco.

Excepcionalmente, desde el 26 de marzo hasta el 9 de abril, las reuniones en espacios privados (domicilios) están limitadas a convivientes.

La movilidad nocturna sigue limitada entre las 22:00 y las 6:00. Se suspende la libertad de circulación y el confinamiento en el domicilio es, por tanto, obligatorio. Solo es posible deambular por las excepciones ya conocidas: por motivos sanitarios, obligaciones laborales, cuidado de mayores o dependientes o por otra causa de fuerza mayor.

Zonas comunes de hoteles, 'campings' y alojamientos turísticos

La ocupación de estas zonas no podrá superar el 50% (y nunca más de treinta personas en total) y deberá garantizarse el mantenimiento de la distancia interpersonal. Todas las actividades deben diseñarse para grupos de seis personas.

Parques y zonas deportivas al aire libre

Pueden estar abiertos siempre que se respete un aforo máximo de una persona por cada cuatro metros cuadrados. “Se recomienda favorecer un mayor uso del espacio público al aire libre, de manera que haya más espacios disponibles para la ciudadanía”, se indica desde el Gobierno vasco.

Comercio y cultura

El comercio —las “actividades socioeconómicas”— se limita desde las 21:00. La medida afecta a todos los establecimientos comerciales, con excepción de farmacias y estaciones de servicio. Las grandes superficies —es decir, los establecimientos de más de 150 metros— tendrán una limitación del 40% de su capacidad. Esta se aplicará en “cada una de sus plantas” y locales. Los más pequeños, por su parte, podrán disponer de un aforo del 60%.

Se hace saber que los establecimientos, instalaciones y locales “deberán exponer al público el aforo máximo, que deberá incluir a las propias personas trabajadoras, y asegurar que dicho aforo y la distancia de seguridad interpersonal se respeta en su interior, debiendo establecer procedimientos que permitan el recuento y control del aforo, de forma que este no sea superado en ningún momento”.

Las actividades del ámbito cultural también deberán terminar antes de las 21:00 horas. Siguen suspendidos los “ensayos y actuaciones músico-vocales”, pero se permite la reanudación de los ensayos de grupos no profesionales de danza, siempre y cuando se respeten la distancia y el uso de mascarilla.

Velatorios, entierros y lugares de culto

Los velatorios podrán congregar, como máximo, a treinta personas en espacios al aire libre y a seis en espacios cerrados, sean convivientes o no. En el caso de los entierros, en los espacios cerrados se podrán reunir hasta diez personas. La asistencia a los lugares de culto, por su parte, no podrá superar el 35% del aforo.

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