El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Mérida ha dado la razón a unos padres que solicitaban que sus hijos mellizos estudiasen en la misma clase en contra de la decisión del centro y de la Consejería de Educación de separarles.
La sentencia habla de “cuestión controvertida” y que al margen de las reglas generales sobre si hay que separar o reagrupar a los hermanos “hay que centrarse en el caso concreto de los menores”.
Un año de litigio les ha costado a estos padres lograr que hubiese una decisión judicial sobre el caso, cuya separación había supuesto para uno de ellos que “tuviera una adaptación dificultosa, con comportamiento regresivo, pesadillas y sintomatología ansiosa por la separación”.
Así lo concluye el informe pericial que ha sido clave en este proceso, según ha indicado el abogado de los padres, Segundo Berjano.
No se se sabe qué es mejor
En dicho informe se pone de manifiesto además que no se encuentra “fundamentación teórica” que indique que los hermanos mellizos o gemelos tengan ventajas o inconvenientes por estar escolarizados juntos o separados.
Añade que tras haberse dictado como medida cautelar por el mismo juzgado que se agrupase a estos hermanos hasta que hubiese sentencia, el perito judicial concluye que “es más beneficioso para ellos permanecer juntos en la escuela, ya que su nexo es respetuoso y capaz”.
Berjano ha señalado que la medida cautelar de reagruparlos y ahora la sentencia a favor de los padres “demuestra que ha sido una cerrazón del colegio y la consejería que se han negado a atender a las necesidades de los menores”.
El letrado señala que en torno a este asunto hay muchos conflictos en los colegios y que esta resolución judicial “puede ayudar a otros padres a obtener la solución más favorable para sus hijos”.