El Supremo admite a trámite la petición de la Junta y propietarios de anular su sentencia de demolición de Valdecañas

Teresa Chaparro

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La sala tercera del Tribunal Supremo ha resuelto admitir a trámite los incidentes de nulidad de actuaciones frente a la sentencia de 9 de febrero de 20022, presentados tanto por parte de la Junta de Extremadura como por parte de los propietarios de Isla Valdecañas.

El alto tribunal, con fecha 22 de marzo de 2022, ha decidido unir ambos recursos en uno y una vez admitido y comunicado a las partes, Ecologistas en Acción dispone ahora de cinco días para presentar un recurso de reposición.

Tanto la Junta de Extremadura como los propietarios interpusieron ambos incidentes de nulidad basándose en la presunta incompatibilidad de dos de los jueces, Wenceslao Olea e Inés Huerta, que intervinieron en el fallo, y que ya habían participado en el proceso judicial del caso en otras instancias por lo que podrían haber incurrido en una causa de “incompatibilidad”.

Ambos magistrados, según la ley, deberían haberse abstenido, aseguraba el representante legal de los propietarios, Luis Díaz-Ambrona. Este asunto, en su opinión, “enlazaría con la vulneración de un derecho fundamental como es el de la tutela judicial efectiva”.

De hecho, en esta ocasión, Wenceslao Olea no ha formado parte de la sección que ha admitido a trámite el incidente de nulidad de actuaciones que entre otras cosas cuestionaba su falta de objetividad. Un sección que sí ha estado formada por tres de los magistrados que formaron parte del tribunal que dictó la sentencia.