Un hombre que daba clases de refuerzo en una academia de Pontevedra ha sido condenado a dos años de cárcel por haber dado en varias ocasiones besos en la boca a una alumna de 15 años sin sin su consentimiento. La Audiencia Provincial de Pontevedra considera al profesor autor de un delito continuado de agresión sexual y, además de la pena de prisión, lo inhabilita dos años para ejercer esta profesión y siete para cualquier oficio o actividad que conlleve contacto regular y directo con menores. Tampoco podrá acercarse o comunicarse con la víctima durante tres años.
Las juezas consideran probado en su sentencia que el hombre enviaba a la víctima mensajes habituales a través de Whatsapp, entre ellos stickers de contenido sexual. Los hechos relatados por la menor ocurrieron desde septiembre de 2019 y durante los meses siguientes. El fallo recoge que el primero de ellos fue un beso en la boca que el profesor dio a la alumna después de esperarla a la salida del ascensor con una gominola en la boca. Las magistradas señalan que, en otra ocasión, el hombre se presentó en casa de la menor con café y dulces, la agarró por los hombros y la besó, de nuevo sin su consentimiento.
Hay más episodios: en en noviembre de 2019, las magistradas indican que, en un momento en que estaban solos en la academia, el hombre agarró la cara de la menor y le dio dos besos en la boca y que en otra ocasión, dentro de un ascensor, la sujetó contra la pared y la besó. Otro día, en ese mismo periodo, añaden las magistradas, el ahora condenado volvió a aprovechar que se había quedado solo con la víctima en la academia para entrar en el aula en la que estaba ella y besarla en la boca sin su consentimiento.
Las magistradas aseguran que hay “abundante documental que prueba una conducta del acusado, en cuanto a la víctima, que no encaja en la relación profesor-alumna” y que no se presenta “igual, o al menos parecida, a la que mantenía el acusado con el resto de alumnos de la academia que declararon como testigos”. Consideran que no hay “duda alguna” de que “la verdadera intención” del hombre era “satisfacer sus deseos sexuales, para cual utilizó y manejó a una menor que sí se lo tomó como un juego, hasta el momento en que se dio cuenta de cuáles estaban siendo las verdaderas intenciones”.
Los besos, añaden, “no fueron de afecto”, una afirmación que acompañan de las conclusiones que extraen de las conversaciones de Whatsapp, en las que el acusado, tras enviar stickers sexuales hace afirmaciones como “Madre mía, lo que me cuesta no decirte una burrada”. “Los actos de contenido sexual ejecutados por el acusado atentaron contra la libertad e indemnidad sexual de la víctima”, dice la sentencia.
Un informe psicológico de la víctima asegura que sufre estrés postraumático y el análisis de otras dos psicólogas del Instituto Galego de Medicina Legal (Imgelga) concluye que los síntomas que presenta son compatibles con haber vivido una situación como la denunciada. La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.