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Indemnización de 60.000 euros para un hombre que durante 15 años creyó tener VIH sin tenerlo

Instalaciones del hospital privado concertado Povisa, en Vigo

David Reinero

Repudiado por su familia y con la perspectiva de una muerte próxima, un hombre que en el año 2000 fue diagnosticado de manera errónea de sida y hepatitis entró en una “espiral de autodestrucción” que lo llevó a la cárcel y a varios intentos de suicidio. Quince años ha tardado el sistema sanitario gallego en desmontar el error cometido inicialmente por el hospital vigués Povisa, centro privado concertado con el Servizo Galego de Saúde, que ahora deberá indemnizar al afectado con 60.000 euros, según acaba de decidir el juez del juzgado contencioso-administrativo número 1 de Vigo en una sentencia que relata el que el magistrado considera un “caso particular de exclusión social”.

El hombre víctima del error médico o administrativo tenía 32 años cuando, en febrero de 2000, entró en urgencias de Povisa con una herida en la pierna derecha tras una caída accidental en la vía pública. En el informe de alta del servicio de Traumatología del hospital emitido al día siguiente se hizo constar esa herida, pero en el apartado de “otros diagnósticos” se indicó la existencia de VIH y hepatitis B y C, referencias que se mantuvieron en informes posteriores de su historia clínica, según relata la sentencia ahora dictada. Esa situación ha persistido hasta que quince años después, en septiembre de 2015, un informe del Servicio de Microbiología del área sanitaria de Pontevedra, a la que en ese momento estaba adscrito el hombre por su internamiento en la cárcel de A Lama, indicó que los datos que aparecían en el sistema informático entre 2005 y 2015-constatan el resultado negativo de los análisis de VIH o hepatitis.

La Xunta, indica la sentencia, reconoció de manera expresa “un claro error de diagnóstico, mantenido durante quince años” y cifró la indemnización en 19.172,54 euros, que debería pagar Povisa, asimilando la situación producida a la de una incapacidad permanente parcial. Sin embargo, el afectado recurrió ante la justicia y reclamó una indemnización de 400.000 euros.

Ese recurso es el que ahora resuelve el juez a favor del afectado dejando la indemnización en 60.000 euros y haciendo un relato del que considera “un caso particular de exclusión social, caracterizada por dificultad en la continuidad laboral, ausencia el insuficiencia de apoyos familiares o comunitarios, marginación social y, desde luego, falta de sensibilización de la población en general frente a la problemática relacionada con el VIH o la hepatitis asociada al virus”.

La sentencia relata cómo, tras conocer su mujer el diagnóstico, “se desencadenó un escenario de mutuas acusaciones acerca del origen del contagio que terminó en ruptura matrimonial y en una espiral de autodestrucción” con “tres intentos” de suicidio. El afectado “dejó de ver a su hija”, que entonces tenía diez años, “por el temor a que fuera contagiada”. “Esa relación aún no está normalizada en la actualidad”, dice la sentencia, que añade que “actualmente, tiene un nieto al que apenas conoce”. “También perdió la relación con sus hermanos y con los hijos de estos, pues se trataba de evitar cualquier contacto. En realidad, toda la familia sufrió el estigma de la enfermedad, incluida la niña”, relata el juez.

Esa situación, dice la sentencia, hizo que el afectado recayera en el consumo de heroína, elemento este registrado en su historia clínica en 1995 y que según relata el juez fue empleado por las partes ahora demandadas para tratar de “minimizar el impacto que la noticia [de su positivo] pudo provocar” en el afectado. Por el contrario, el juez argumenta que el anterior consumo de heroína fue precisamente el que hizo “más creíble para él que cinco años después se le detectara portado” de VIH y hepatitis B y C. La sentencia relata cómo la recaída en el consumo tras loeldiagnóstico, “unido a lo que él creía una corta esperanza de vida, hizo que comenzara una espiral delictiva que lo llevó a ingresar en prisión en el año 2002” donde, sumido “en una fuerte depresión”, se le aplicó en varias ocasiones el protocolo para prevenir el suicidio.

El juez dice en su sentencia que no hay duda de la responsabilidad de Povisa en la anotación errada del VIH y la hepatitis B en la historia clínica del afectado y añade que “la equivocación se dilató innecesaria y dolorosamente en el tiempo, por cuanto los servicios sanitarios pudieron comprobar en diversos momentos (analíticas de 2005, 2007, 2012 y 2014) que los resultados de la serología eran negativos, y aún así ni se corrigió documentalmente ni se comunicó al interesado”. La sentencia, que condena a Povisa a indemnizar el afectado con 60.000 euros, no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG).

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