La portada de mañana
Acceder
El jefe de la Casa Real incentiva un nuevo perfil político de Felipe VI
Así queda el paquete fiscal: impuesto a la banca y prórroga a las energéticas
OPINIÓN | 'Siria ha dado a Netanyahu su imagen de victoria', por Aluf Benn

La Justicia paraliza otro parque eólico en Galicia por la “fragmentación artificial” del proyecto

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decretado la paralización cautelar de la construcción de otro parque eólico de la compañía Greenalia, en este caso, proyectado en Bustelo, entre los municipios coruñeses de Coristanco y Carballo. La Justicia estima que el proyecto de la empresa Greenalia “fragmenta de forma artificial” una misma iniciativa -en este caso, los parques Bustelo, Campelo y Monte Toural- con el objetivo de acelerar su tramitación administrativa, informa Europa Press.

La sección tercera de la Sala de lo Contecioso-Administrativo del Alto Tribunal gallego reitera los argumentos esgrimidos en la resolución por la que ordenó a mediados de septiembre la suspensión cautelar del parque Campelo, promovido por la misma compañía energética en los ayuntamientos coruñeses de Santa Comba y Coristanco. La sala estima inicialmente el recurso de los colectivos Adega y la Plataforma en Defensa de la Cordillera Cantábrica, que han llevado a los tribunales la autorización de la Xunta a los parques -todos de Greenalia- al entender que se trata de proyectos que fragmentan de forma “artificial” una misma iniciativa con el objetivo de facilitar su tramitación administrativa.

En su resolución, emitida el pasado 6 de octubre, los magistrados hacen referencia al principio de igualdad en la aplicación de la ley y de seguridad jurídica, por lo que actúan de la misma forma que en el recurso presentado contra el parque Campelo. Los argumentos esgrimidos por la sala son, por lo tanto, los mismos que los usados en el fallo del 19 de septiembre esa iniciativa eólica, en la que determinó que ni Greenalia ni Xunta lograron avalar la “imperiosa necesidad” de contar con un nuevo parque eólico en la zona “ni siquiera por la incidencia que viene produciendo la menor entrada de gas con ocasión de la guerra en Ucrania”.

Los magistrados entienden que la suspensión cautelar hace prevalecer la protección del medio ambiente hasta que exista una sentencia en firme sobre el recurso presentado por los colectivos ecologistas, a los que la sala obliga a abonar un depósito de una garantía de 10.000 euros en los próximos días para hacer efectiva la medida. El tribunal justifica esta decisión como vía para “responder de los prejuicios de cualquier naturaleza que pudisesen derivarse de la medida cautelar”, por lo que Adega y la Plataforma en Defensa de la Cordillera Cantábrica deberán reunir 20.000 euros para que las suspensiones de estos dos parques se lleven a cabo.