Tras casi un centenar de sentencias favorables, el Tribunal Supremo tumba el Plan General de Ordenación Municipal de Vigo (PGOM), aprobado casi íntegramente por el Gobierno bipartito de la Xunta en 2007 y con luz verde definitiva en 2009, ya con Feijóo en el Ejecutivo. Con esta decisión el tribunal enmienda la decisión adoptada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y, atendiendo la reclamación del colectivo Alternativa Veciñal, suspende las normas urbanísticas de la mayor ciudad gallega al considerar que en su tramitación está ausente un trámite de evaluación ambiental que, indica, era obligado.
La sentencia, datada en el 10 de noviembre y conocida a últimas horas del lunes, estima el recurso de casación del colectivo ciudadano al considerar que el Gobierno gallego tendría que haber sometido el PGOM vigués a una evaluación ambiental estratégica, figura regulada en una ley de 2006. El criterio de la Xunta, tanto con el bipartito como con el PP, fue que realizar la dicha evaluación ambiental era “inviable, por razones de premura en la ejecución de determinadas infraestructuras y proyectos” porque cuando se tramitó el PGOM este deber instaurado en 2006 todavía no estaba en vigor. Pero el TS contradice este argumento.
Si bien el PGOM fue inicialmente aprobado por el Ayuntamiento de Vigo en diciembre de 2004 y provisionalmente, en marzo de 2006, la entonces Consellería de Política Territorial le dio luz verde el 31 de mayo de 2006 y el nuevo departamento de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras, en 2009. La Xunta, argumenta la sentencia, “dejó transcurrir prácticamente dos años hasta declarar inviable” el “sometimiento al trámite” ambiental aludiendo tres razones: la demora en la ejecución de proyectos, que ya se había desarrollado la exposición pública y porque se evaluarían ambientalmente los proyectos desarrollados al amparo del propio PGOM.
Para el Tribunal, que el plan no quedara definitivamente aprobado hasta 2009 “demuestra que la pretextada premura no existía”. El TS sustenta esta argumentación remitiéndose a otro dictamen del mismo tribunal, sobre el PGOM de Teo (A Coruña), en octubre del incluso año 2008. Entonces, dice, la Xunta “utilizó” una “idéntica argumentación para justificar la inviabilidad de someter” el plan teense a dicha evaluación ambiental, y el Supremo la declaró “insuficiente e injustificada”.
Así las cosas, el Supremo acepta el recurso de casación de la asociación vecinal contra la sentencia del TSXG que amparaba el plan, así como los contenciosos administrativos contra las órdenes de la Xunta en 2008 y 2009. Todas estas sucesivas aprobaciones del PGOM de Vigo y el propio plan “deben ser declarados radicalmente nulos”, indica, por lo que el gobierno vigués, que se pronunciará al respecto este martes, se queda ahora sin ordenamiento urbanístico.
Con esta resolución el Tribunal Supremo va en dirección contraria a una sentencia hecha pública el pasado marzo, en la que el mismo tribunal desestimaba un recurso de casación interpuesto por tres colectivos vecinales. Entonces el alcalde, Abel Caballero (PSOE), destacó que tras noventa y ocho sentencias favorables, el urbanismo vigués quedaba por fin en “situación de seguridad jurídica por primera vez en la historia de la ciudad”.