La Valedora do Pobo vuelve a amonestar a la Xunta por su opacidad: le exige los datos de vivienda para emergencia social
La Xunta de Galicia acumula reprimendas de la Valedora de Pobo -el órgano análogo al Defensor del Pueblo en Galicia- por su opacidad. Y acaba de recibir una más por no facilitar los datos sobre el número y la ubicación de las viviendas para emergencia social de las que dispone a través del Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS). En este caso, la amonestación es doble: por haber denegado el acceso público a esa información y por ni siquiera haber remitido a la Comisión de Transparencia -que depende de la Valedora- el informe que le requirió sobre el asunto.
El proceso se deriva de una pregunta enviada por esta redacción, que pidió, al amparo de las leyes de transparencia -hay una estatal de 2013 y otra autonómica de 2016- datos que la Xunta se resiste a dar incluso a las asociaciones que trabajan precisamente para que las personas en situación de vulnerabilidad tengan acceso a una vivienda. El 17 de enero de este año, una consulta pedía conocer cuántas viviendas tiene el IGVS, en qué ayuntamientos, en qué estado -habitables o necesitadas de reforma- y el número destinado a los casos de emergencia social.
La respuesta llegó un mes después, el 20 de febrero. Denegaba el acceso a esa información con el argumento de que ponía en riesgo la seguridad de los datos de estas personas, pese a que en las preguntas no se pedía conocer ningún elemento ni sobre localizaciones exactas ni sobre identidades. La Xunta se remite en su respuesta a los objetivos del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, que son facilitar el acceso a quienes tienen menos recursos y dar soluciones habitacionales “lo más inmediatas posible” a víctimas de violencia de género, personas desahuciadas de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, todo ello a través de ayudas directas al alquiler y para gastos de suministro y de comunidad
El IGVS razona que los datos a los que tiene acceso para gestionar estos casos podrían tener la consideración de “especialmente protegidos” porque las viviendas tienen como destino “esencialmente personas especialmente vulnerables”. Por ello, agrega, “debe aplicar una serie de medidas técnicas y organizativas que garanticen el máximo nivel de protección y cuidado de estos datos”. Insiste en que debe tomar medidas “para prevenir incidentes de seguridad y posibles accesos no autorizados o un uso indebido” de los datos, que podría acarrear “consecuencias negativas para los derechos y libertades fundamentales de sus titulares usuarios presentes y futuros”. Con estos argumentos rechaza revelar el número de viviendas de las que dispone la administración pública gallega.
La Valedora do Pobo, en una resolución firmada el 2 de mayo, rechaza las razones dadas por la Xunta: “No puede aceptarse que el acceso a dicho dato sea una información protegida, ya que de la dicha información no es posible identificar a persona alguna que se encuentre en situación de vulnerabilidad”. “No se considera justificada la denegación del acceso a la información solicitado”, zanja. Le pide al IGVS que proporcione los datos en un plazo de 10 días hábiles.
Un informe sin remitir
Pero no es lo único que le recrimina la Comisión de Transparencia a este ente de la Xunta, adscrito a la Consellería de Infraestruturas en el momento en el que se enviaron las preguntas y que ahora depende del departamento de Vivenda e Planificación de Infraestruturas. Ante la negativa a responder del IGVS, este diario pidió amparo a la Comisión de Transparencia, que depende de la Valedora do Pobo. El procedimiento habitual de esa comisión es pedir un informe sobre el caso al órgano interpelado para que justifique su postura. “Se solicitó al IGVS la aportación de su criterio mediante la remisión de informe y copia del expediente, que no se recibió”, expone en su resolución. Este hecho, continúa, “dificulta considerablemente el cumplimiento de la función de garantía encomendada” a la Comisión porque le priva de “los elementos de juicio necesarios” para llegar a la conclusión de si procede o no denegar la información.
Le recuerda a la Xunta que la ley gallega de transparencia la obliga a remitir los informes requeridos, pero razona que esa falta de respuesta “no puede afectar a la eficacia del ejercicio de un derecho que rango constitucional como es el derecho de acceso a la información pública”. Sobre los datos pedidos insiste en que “lo cierto” es que no se pide tener acceso a datos “identificativos”, sino “al número de viviendas, si estado y el Ayuntamiento en el que se encuentran”. Por ese motivo, exige que se haga pública la información.
4