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La Xunta obvió un precepto “esencial” de la ley de transparencia al ocultar acuerdos con una multinacional sanitaria

El pasado otoño a Consellería de Sanidade de la Xunta de Galicia denegó a la Asociación de Pacientes y Usuarios del Hospital Clínico de Santiago acceso a la documentación que había pedido para conocer íntegramente los acuerdos firmados por la sanidad pública gallega con la empresa sanitaria estadounidense Medtronic, en virtud de los cuales la multinacional puede “testar” sus productos y servicios en hospitales públicos gallegos. El Gobierno gallego se amparó en la necesidad de proteger el “secreto comercial” y “propiedad industrial” de la compañía para no divulgar los “anexos” con los detalles de los convenios con Medtronic para los hospitales de Santiago, A Coruña y Lugo. Ante la negativa, la asociación acudió a la Comisión de la Transparencia, organismo dependiente de la Valedora do Pobo [Defensora del Pueblo de Galicia], donde el Sergas ha vuelto a defender la negativa a la entrega de la documentación. Pero también ha evidenciado que saltó un trámite estipulado por la legislación vigente en materia de transparencia. Un paso que para la Comisión de la Transparencia es “esencial”.

Como informó Praza.gal, los documentos que la Xunta denegó al colectivo de pacientes y también al Parlamento revelan que, al contrario de lo indicado en la parte de los convenios que sí es pública, la entrada de Medtronic en hospitales públicos también trae consigo la puesta a disposición de la compañía estadounidense de dinero y personal de la sanidad pública gallega. Esta era, precisamente, una de las sospechas de la asociación y por eso acudió a la Comisión de Transparencia, que resolvió sobre el caso a finales de mayo -casi medio año después, aunque la legislación fija que tendría que haberlo hecho en un máximo de tres meses-. En su resolución, a la que ha tenido acceso este diario, la Comisión estima la reclamación de la asociación pero no le concede acceso directo a los papeles ocultados. La razón es esa “omisión”.

Según consta en el expediente, el pasado 5 de enero a Vicesecretaría General de la Consellería de Sanidade remitió a la Comisión de Transparencia el expediente sobre la denegación de información a la asociación de pacientes. En ella el departamento autonómico detalla que “por omisión involuntaria, no se dio traslado previo de las solicitudes a la parte conveniante a efectos de presentación de alegaciones”. Esto es, no preguntó a Medtronic si permitía o no revelar los anexos de sus pactos con el Sergas, aunque la ley manda hacerlo. Aun así, los denegó por “cautela”.

Reiniciar el proceso

Esta “omisión” no es solo una falta de cortesía con la empresa y va más allá de la evidencia de que el Gobierno de Feijóo ha protegido el “secreto comercial” y la “propiedad industrial” de Medtronic sin que la multinacional lo haya pedido. Como recuerda la Comisión, en este procedimiento es aplicable, además de la ley gallega de transparencia del año 2016, la norma estatal en la materia aprobada en 2013. Esta legislación de hace media década estipula que si, como en este caso, “la información solicitada puede afectar a derechos o intereses de terceros, debidamente identificados”, la Administración tiene que concederles “un plazo de quince días para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas”. La Xunta tenía, de este modo, el deber legal de haber consultado con Medtronic sobre la entrega de estos documentos.

Según el dictamen de la Comisión de Transparencia, el trámite que Sanidad no realizó es “esencial”, porque “tiene como finalidad que la Administración cuente con los elementos suficientes para valorar” si “deben prevalecer los derechos o intereses de la empresa” o “si, por el contrario, debe prevalecer el derecho a la información pública”. Al “negar el acceso a una parte de la información que la Asociación de Pacientes considera fundamental” sin cumplir ese paso fijado por la ley, dice la Comisión, la Consellería ha incurrido en un “vicio de forma” -según Sanidad, “involuntario”- que hace necesario “retrotraer” el expediente “al punto en el que dicho trámite fue omitido”.

Una nueva respuesta “justificada y proporcional”

La Xunta tiene, entonces, que consultar con Medtronic y después, volver a resolver si entrega o no la documentación. Cabe esperar que en los aspectos a valorar la multinacional tendrá en cuenta que otro gobierno, el catalán, firmó con ella un acuerdo prácticamente idéntico que lleva años publicado íntegramente en el sitio web de la Generalitat de Catalunya.

En ese punto, además, la actuación de la Xunta debe ser “justificada y proporcional”, teniendo cómo última opción la denegación íntegra del documento. Así, explica la Comisión, si una vez cumplidos todos los trámites “no fuera posible el otorgamiento del acceso a la totalidad de la información”, la Administración tiene el deber de “conceder el acceso parcial, previa omisión de la información afectada por el límite” e “indicando al solicitante la parte de la información que se ha omitido, excepto que resultara una información distorsionada o que carezca de sentido”.

Con estos argumentos la Comisión de la Transparencia “estima” la reclamación de la Asociación de Pacientes del CHUS contra la denegación del acceso a los documentos e insta a la Consellería de Sanidade a que, una vez “finalizado el trámite de audiencia” que antes no hizo, responda nuevamente al colectivo “en un máximo de 15 días hábiles” desde el “respeto a los límites” fijados en las leyes de transparencia estatal y gallega. Además, el Gobierno gallego tendrá que remitir a la propia Comisión una copia de esa misma información para que este organismo valore si, a la segunda, la Xunta ha actuado correctamente.