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La Sanidad pública balear indemniza con 30.000 euros a una paciente por el retraso en diagnosticar un sarcoma tras una sentencia

La consellera de Salud, Manuela García, el director general del Servicio de Salud (IB-Salut), Javier Ureña, y el director de Asistencia Sanitaria, Raúl Lara

Europa Press

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El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha condenado al Servicio de Salud de Baleares (IB-Salut) a indemnizar con 30.000 euros a una paciente por el retraso en diagnosticar y tratar un sarcoma, un tipo de cáncer.

La paciente acudió a su centro de salud en julio de 2018 por un bulto en la espalda. Días más tarde volvía exponiendo que el bulto había crecido desde la anterior valoración y que le dolía a la palpación. Se le diagnosticó entonces como un lipoma, un tumor de tejido blando benigno.

Las molestias fueron en aumento y la mujer continuó acudiendo a los servicios de urgencias. Pasados unos meses acudió a un centro privado, donde le indicaron que era un sarcoma y que debía hacerse una biopsia. En diciembre el IB-Salut realizó las pruebas patológicas y confirmó el sarcoma. La mujer recibió quimioterapia pero tuvo una respuesta negativa y se tuvo que suspender.

De este modo, señalaba la demandante, pasaron 163 días desde el diagnóstico de lipoma hasta que los servicios de anatomía patológica determinaron que era en realidad un sarcoma. Además transcurrieron otros 42 días hasta que se decidió extirparlo.

La mujer presentó una demanda reclamando más de 280.000 euros argumentando que había sufrido secuelas y limitaciones importantes como consecuencia del retraso en el tratamiento. Alegaba que si el diagnóstico hubiera sido correcto desde el principio, la cirugía necesaria hubiera resultado menos invasiva y con mejor pronóstico.

Los magistrados constatan que no se valoraron de forma adecuada algunos factores, como el incremento rápido de tamaño del bulto o la presencia de dolor, pese a que la paciente había acudido repetidamente al servicio de urgencias. La Sala constata que una “confluencia de errores y desatenciones provocaron un retraso en el diagnóstico correcto y consiguiente retraso en el tratamiento correcto”.

Con todo, modera la indemnización que corresponde abonar al analizar cómo hubiera paliado los daños una intervención más temprana, que no podría haber evitado igualmente la cirugía. Sin embargo, “sí se puede afirmar que esta falta de diagnóstico temprano redujo las oportunidades de una posible mejor evolución o de un tratamiento menos agresivo”.

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