Bruselas responde al órdago polaco. La Comisión Europea ha decidido este miércoles iniciar un procedimiento de infracción contra Polonia por “las serias preocupaciones con respecto al Tribunal Constitucional polaco y su reciente jurisprudencia”.
El Tribunal Constitucional, en sus sentencias de 14 de julio de 2021 y 7 de octubre de 2021, consideró las disposiciones de los Tratados de la UE incompatibles con la Constitución polaca, cuestionando expresamente la primacía del Derecho de la UE.
Polonia tiene dos meses para responder a la carta de emplazamiento.
La Comisión Europea considera que estas sentencias del Tribunal Constitucional “vulneran los principios generales de autonomía, primacía, eficacia y aplicación uniforme del Derecho de la Unión y el efecto vinculante de las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.
En particular, dice el Ejecutivo comunitario, en su sentencia de julio, “el Tribunal Constitucional negó el efecto vinculante de las medidas cautelares dictadas por el Tribunal de Justicia de la UE para garantizar el control judicial efectivo por un tribunal independiente e imparcial”.
En su sentencia de octubre, además, “el Tribunal Constitucional ignoró sus obligaciones del Derecho de la UE al considerar inconstitucional la interpretación del Tribunal de Justicia según la cual un tribunal nacional puede controlar la legalidad del procedimiento para la designación de un juez y pronunciarse sobre cualquier irregularidad en el proceso de nombramiento para verificar si dicho juez, o el tribunal en el que el juez juzga, cumple los requisitos de independencia europeos”.
Además, la Comisión Europea considera que estas sentencias infringen el tratado de la UE, que garantiza el derecho a la tutela judicial efectiva, al darle una interpretación indebidamente restrictiva. “Por lo tanto, priva a las personas ante los tribunales polacos de las plenas garantías establecidas en esa disposición”, dice el Ejecutivo comunitario.
Por último, el Ejecutivo comunitario tiene “serias dudas sobre la independencia e imparcialidad del Tribunal Constitucional” y considera que “ya no cumple con los requisitos de un tribunal previamente establecido en la ley como lo exige Tratado de la UE”.
Bruselas recuerda que “como sostuvo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su sentencia de 7 de mayo de 2021, el proceso de nombramiento para el Tribunal Constitucional de tres jueces en diciembre 2015 se produjo en una infracción de las normas fundamentales que forman parte integral del establecimiento y funcionamiento del sistema de control constitucional en Polonia. La gravedad de esta violación suscita una duda razonable sobre la independencia e imparcialidad de los jueces. Así lo demuestran también otras irregularidades y deficiencias como la elección del presidente y vicepresidente del Tribunal Constitucional, que suscitó serias preocupaciones sobre la imparcialidad de los magistrados del Tribunal Constitucional en la tramitación de casos individuales”.
La Comisión Europea considera que, por tanto, el Constitucional polaco “ya no puede garantizar una protección judicial efectiva por un tribunal independiente e imparcial”.