En un comunicado, Industria explicó que el objeto de dicho recurso no es la defensa de Telefónica, “sino la defensa de las competencias del Estado español en materia de regulación de las telecomunicaciones y de su organismo supervisor, la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT)”.
El recurso presentado hoy se basa en la vulneración por parte de la Comisión de los principios de especialidad, seguridad jurídica y confianza legítima y en la violación del artículo 82 CE y del deber de cooperación.
El Ministerio de Industria alega que el hecho de que las resoluciones de la CMT hayan quedado sin valor como consecuencia de una decisión posterior de la Comisión Europea “genera una inseguridad jurídica y afecta gravemente al interés público y al desarrollo” del sector.
Además, considera que con la decisión de Bruselas “se han generado incertidumbres sobre el papel que desempeña dicho organismo supervisor (la CMT) y sobre la validez de sus decisiones para el conjunto de empresas que actúan en el mercado de las comunicaciones electrónicas”.
Por otra parte, argumenta la no utilización, por parte del Ejecutivo europeo, de los mecanismos de colaboración directa que prevé la normativa comunitaria y que se podrían haber puesto en marcha desde el mismo momento en que la Comisión Europea hubiera detectado actuaciones de la CMT que le hubieran causado dudas o desacuerdo.
El Gobierno considera que el ejercicio por parte de las CMT de sus competencias ha quedado debilitado y constituye suficiente garantía para consumidores y empresas, puesto que la Comisión puede, en idéntica materia, con idéntico objetivo y por el mismo procedimiento, adoptar a posteriori decisiones que contradigan la actuación del órgano competente en España.
Industria recuerda que la Comisión basó su decisión en la aplicación del artículo 82 CE, que prohíbe que las empresas que ostentan una posición dominante en el mercado abusen de dicha posición. Una vez analizado el mercado, Bruselas concluyó que la multinacional española había llevado a cabo prácticas abusivas (estrechamiento de márgenes) tendentes a eliminar a sus competidores.
El Ministerio basa su recurso en que la decisión de Bruselas vulnera los principios de especialidad, seguridad jurídica y confianza legítima, ya que contradice una serie de resoluciones adoptadas por la CMT para salvaguardar la competencia efectiva.
En este sentido, recuerda que “cuando dos órganos tienen competencia sobre la misma materia, prima el ejercicio de la competencia de aquél cuya actuación se dirige más específicamente al mercado concreto”.
Por otra parte, el recurso de basa en la violación del citado artículo 82, que otorga a la Comisión competencias para evitar el abuso de posición dominante; y la violación del deber de cooperación, ya que la decisión de adoptó al margen de los procedimiento de cooperación entre el regulador nacional y el comunitario.