El Tribunal Supremo ya ha dictado sentencia, según informa el diario Expansión, y ha fallado que las empresas que vienen concediendo la cesta de navidad a sus empleados de forma continuada “están obligadas a mantener este beneficio”, modificando así la doctrina según la cual las empresas no están obligadas a continuar otorgando la cesta a sus empleados ya que se trata de un acto de libertad.
Además, no queda libre de esta obligación ninguna empresa, aunque esta alegue que no pueda entregarla debido a la situación económica en la que se encuentra.
Según el Tribunal Supremo, si el beneficio de la cesta de Navidad se viene repitiendo desde hace tiempo constituye lo que se denomina una condición más beneficiosa o derecho adquirido por los trabajadores y se ha de respetar, por lo que su suspensión debe hacerse a través de un acuerdo, tal y como lo establece el Estatuto de los Trabajadores.
Es por eso, que tal y como afirma Alfredo Aspra, socio director de Laboral de Olleros Abogados, “los empresarios han de medir muy bien la concesión de cualquier beneficio, pues la simple reiteración se está interpretando judicialmente como sinónimo de un acto inequívoco de voluntad constitutivo de un derecho y no como una liberalidad (aunque ése sea el espíritu que presidió su concesión)”.