El Juzgado de lo Penal número 2 de Logroño ha condenado a Z.D.G., de 51 años de edad, a diez meses de cárcel por amenazar a unos vecinos, hermanos, con una catana. Además, le impide acercarse a doscientos metros de ellos durante dos años.
Según relata la sentencia, el acusado, que ya había sido condenado por robo, tráfico de estupefacientes, falsificación en documento y estafa, se encontraba en su domicilio el 11 de junio a la una de la mañana.
En ese momento, uno de sus vecinos del cuarto entró en el portal y, cuando se encontraba en el rellano del segundo, se encontró con otros vecinos. El acusado, entonces, salió al portal y “discutió levemente” con ellos a causa de las “molestias” que estaban ocasionando.
Z.D.G volvió, después, a meterse en su casa y los vecinos siguieron subiendo las escaleras. Después, llegó a casa el hermano del vecino del cuarto, acompañado de su novia, y, mientras subía las escaleras, salió de casa el acusado con una catana.
Los dos se refugiaron en casa del hermano y el acusado subió detrás de ellos y empezó a golpear la puerta contigua mientras gritaba: “me cago en tus muertos, os vais a acordar de mi”. El acusado, según apunta la sentencia, consume habitualmente estupefacientes, lo que afecta “levemente” a sus capacidades.
Aunque el juez sí le considera culpable del delito de amenazas del que le acusaba el Fiscal, le absuelve de lesiones en grado de tentativa, que también le imputaba, porque considera que golpear la puerta es una manifestación amenazante, y no un delito autónomo de lesiones, “no apreciándose el ánimo de lesionar”.