El Grupo Local Socialista informa de una factura que “no se tramitó adecuadamente”
LOGROÑO, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Logroño ha informado hoy de que ha tenido conocimiento de la Resolución de Alcaldía “por la que se reconoce extrajudicialmente una factura que no se tramitó adecuadamente y que ha tenido que ser validada para que la empresa pueda cobrarla tras reiteradas ocasiones en las que reclamó este pago”.
Ha explicado que esta actuación “contraria a la licitación pública no es única, ya que el PP al frente del Ayuntamiento tiene que aprobar facturas pendientes en reiteradas ocasiones”.
En este caso, ha explicado, la Resolución de Alcaldía “confirma que el anterior equipo de Gobierno municipal del PP encargó a una empresa de Valladolid la realización de un vídeo sobre el uso eficiente de la iluminación pública en Logroño a través de Comunicación a pesar de que este departamento no era competente para ello”.
Esto, ha dicho, “ha obligado a emitir un informe del Director General de Movilidad, que si bien no ha intervenido en el informe correspondiente como debería haber sucedido, sí que ha informado de la existencia de esta factura de abril de 2015 y de la entrega del trabajo solicitado”.
Según ha explicado el PSOE, este vídeo “fue encargado por el anterior Director de Comunicación al parecer sin crédito para hacer frente a la factura y eso sí, claramente sin contar con la Unidad municipal correspondiente”.
“Esta irregularidad ha obligado ahora a realizar un informe que convalide todas las actuaciones y pueda pagarse la factura seis meses después desde el área correspondiente y que desde el principio, debería haber tramitado dicho encargo”, ha dicho.
Para el PSOE, “también sorprende que para un vídeo que ha costado 2.631 euros, el equipo de Gobierno municipal del PP contratara para este servicio a una empresa de Valladolid”.
Por último, el Grupo Municipal Socialista ha anunciado que va a preguntar en la próxima Comisión de Urbanismo el objetivo de la realización del vídeo, la conveniencia del mismo y cuál ha sido su divulgación, ya que en la Resolución de Alcaldía no se hace referencia a ello.