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El juez suspende el acto a favor del derecho a decidir en Madrid tras el recurso del PP

El juez José Yusty Bastarreche ha decidido suspender el acto a favor del derecho a decidir y el referéndum catalán que iba a celebrarse este domingo en la Nave de Terneras. El juez admite así el recurso presentado por el Grupo Municipal del PP en el Ayuntamiento de Madrid por la vía de lo contencioso-administrativo contra la cesión del espacio por parte del Gobierno de Manuela Carmena.

En su resolución, a la que ha tenido acceso eldiario.es, el juez advierte de que “no cabe recurso alguno”. Yusty Bastarreche alega que evento suspendido “consiste en esencia en un acto de apoyo a la Ley 19/2017 del Parlamento de la comunidad autónoma de Cataluña”, esto es la Ley para la celebración del Referéndum que ha anulado el Tribunal Constitucional.

Ante el auto del juez de Madrid se pueden presentar alegaciones en el plazo de tres días, no un recurso. Si alguna de las partes presenta alegaciones, se dictará otro auto en el que el magistrado las aceptará o desestimará. Ese auto no será firme y contra él cabrá recurso.

“La cesión del local indicado implica favorecer un acto de apoyo a una consulta convocada por una ley que ha sido suspendida en su eficacia por el Tribunal Constitucional y además se dirige claramente contra lo dispuesto en la Constitución Española”, en cuanto a que la soberanía nacional reside en el pueblo español y que su sistema de forma política es la monarquía parlamentaria, alega el magistrado.

“Se trata por tanto -continúa- de un referéndum ilegal y, en consecuencia, los actos de apoyo al mismo no pueden estar amparados por la actuación del Ayuntamiento de Madrid, ni utilizar locales del que éste es titular, pues también a la administración local alcanza lo dispuesto en la Constitución Española”. “Un municipio también tiene obligación de cumplir las leyes vigentes”, añade en otro punto del auto.

“Bienes municipales” contra “intereses generales”

“Es evidente que los bienes municipales tiene como función principal servir a los intereses generales, entre los cuales no puede incluirse, en modo alguno, la pretensión de realizar actos públicos en favor de un referéndum ilegal, suspendido por el Tribunal Constitucional y que atenta directa, clara y gravemente contra la unidad de España”

El evento está organizado por el colectivo Madrileños por del Derecho a Decidir y contaba con la cesión del espacio por parte del Ayuntamiento y la Junta del Distrito de Arganzuela, que dirige Rommy Arce.

En el escrito presentado en el juzgado, el Partido Popular en el Ayuntamiento de Madrid solicitaba la “medida cautelarísima de la suspensión de la autorización del uso del local municipal”, debido a la “inmediata celebración del evento”. El grupo municipal popular abogaba a “la extrema gravedad de su desarrollo”, ya que, a su juicio, supone un acto en apoyo a la ley del Parlamento catalán 19/2017 y al decreto de convocatoria del referéndum que el Tribunal Constitucional ha suspendido.

El Partido Popular argumentaba en el escrito que “la inmensa mayoría del pueblo español está por la convivencia, la libertad y la Constitución” y que el acto supone una “falta de respeto y obstrucción a la justicia” porque está en juego “el interés general de la mayoría de españoles”.

La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, se ha referido al acto este martes antes de conocerse la decisión del juez. Carmena ha defendido que la tramitación de cesión cumple con los requisitos y tiene “toda la documentación correcta y no hay ninguna incidencia”.