La Justicia avala que bares y restaurantes instalen estufas de gas en sus terrazas en las calles de Madrid. El Tribunal Superior de Justicia de la capital ha decidido anular la ordenanza de 2022 del Ayuntamiento de José Luis Martínez-Almeida que prohibía la instalación de este tipo de estufas y cuya entrada en vigor estaba prevista para el próximo 1 de enero de 2024. Los jueces entienden que esta prohibición fue puesta en marcha sin un estudio obligatorio sobre el nivel de contaminación que emiten este tipo de aparatos calefactores.
La ordenanza municipal fue publicada en enero de 2022 aunque no está previsto que entre en vigor con la prohibición, ahora anulada, hasta el primer día de 2024. Una ordenanza que establecía que cualquier bar o restaurante con una estufa de gas instalada tenía que retirarla antes del último día de este año 2023 y sustituirla “por alguna de los elementos móviles autorizados” o, directamente, a retirarlas.
Ante las quejas del sector de la hostelería, José Luis Martínez-Almeida anunció ayudas públicas para que cambiaran las estufas de gas por estufas eléctricas, pero el caso acabó en manos de los tribunales. La medida, explicó el regidor, pivotaba entre “primar el descanso de los vecinos” y “echar una mano a la hostelería porque todavía no se ha recuperado” de la crisis derivada de la pandemia de COVID-19.
Fue la Federación Española de Asociaciones y Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo la que llevó el asunto a los jueces y la que ha conseguido la nulidad de la ordenanza por falta de un informe concreto sobre la contaminación derivada de este tipo de estufas. “En el expediente administrativo no se contiene dato o estudio alguno relativo a la eventual superación, en su caso, de los valores límites de CO2”, reprocha el TSJM en su resolución.
La sentencia supone un balón de oxígeno para las reclamaciones de la hostelería, que en fechas recientes había pedido “un invierno más” al Ayuntamiento para adaptarse a la nueva normativa, ahora anulada. La sentencia todavía es recurrible ante la misma sala y, posteriormente, en casación ante el Tribunal Supremo.
El Tribunal Superior madrileño no pone en duda la potestad del consistorio para tomar este tipo de medidas y prohibir estufas de gas en las terrazas, pero esa potestad “no puede ignorar las exigencias y principios de buena regulación”, en este caso obtener todos los informes necesarios.