La Justicia ha condenado a la Comunidad de Madrid y su Consejería de Sanidad a indemnizar a los 119 rastreadores a los que tuvo que readmitir después de que su despido fuera considerado nulo. Esta nueva condena, que incluye una indemnización de 500 euros para cada uno, llega por las condiciones en las que tuvieron que reincorporarse hasta que fueron nuevamente despedidos: sin puestos de trabajo, sin órdenes para trabajar y sin poder comunicarse con otros trabajadores de Sanidad. La Consejería, dicen los jueces, buscó “mortificar” a los rastreadores en condiciones indignas de trabajo.
Los rastreadores adquirieron importancia en la pandemia cuando uno de los objetivos de las autoridades sanitarias pasó a ser no solo controlar los contagios sino localizar a los contactos de las personas enfermas e intentar minimizar la onda expansiva de cada positivo. En todo el país las denuncias sobre el número insuficiente de estos profesionales o incluso la dificultad para que una persona enferma pudiera comunicar su positivo en COVID-19.
En la Comunidad de Madrid, a lo largo de 2020, el ejecutivo regional de Isabel Díaz Ayuso se encontró con dificultades para contratar a estos profesionales, tal y como relató elDiario.es, recurrió en parte al grupo privado Quirón para hacerlo y finalmente se hizo con los servicios de menos de 200 rastreadores, la mitad de lo que había anunciado. Más de un centenar fueron despedidos cuando empezó a remitir la pandemia.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid decretó en octubre del año pasado como nulo su despido desde el 30 de junio en que abandonaron sus puestos y obligó a la Consejería de Sanidad a readmitirles e indemnizarles. Mientras ese proceso judicial seguía adelante, y hasta que la Comunidad volvió a despedirles pero esta vez por haber terminado “la obra o servicio para el que habían sido contratados”, el sindicato Comisiones Obreras denunció que habían sido readmitidos pero en condiciones poco dignas.
Un nuevo auto del TSJ de Madrid declara probado que los antiguos rastreadores fueron ubicados durante esas semanas “en una planta baja en la que no tienen puestos de trabajo, habiendo algunas mesas y sillas, así como otros enseres almacenados” y que días después “se les provee ya de mesas y sillas a todos ellos, así como de un ordenador sin conexión a la red”. Nadie les dijo lo que tenían que hacer ni les permitió hacer ninguna labor: “No se les da trabajo ni orden o explicación alguna”. Además, finaliza esta resolución, no se les permitía acceder a otras plantas del edificio ni hablar con otros compañeros.
La Justicia entiende que la Consejería de Sanidad les readmitió y les pagó los salarios de tramitación pero no les dio un puesto de trabajo. “Se ha procedido a reincorporarlos sin atribuirles ningún tipo de tareas y además en condiciones inapropiadas”, denuncian los jueces de lo social. Tampoco tenían medios materiales para desempeñar un trabajo, mientras la Consejería no les daba “ningún tipo de explicación”.
Esta actuación de la administración sanitaria madrileña, dice el tribunal regional, supone “un comportamiento vejatorio” a estos trabjadores que podría haberse evitado, por ejemplo, con “un permiso retribuido mientras se tramitaban el cese que posteriormente se ha producido y agilizando éste”. Sin embargo, la Consejería mantuvo esta situación “arbitraria e innecesariamente, simplemente para mortificar a los demandantes, sin tener en cuenta el malestar psicológico que se produce a una persona teniéndola toda la jornada sin nada que hacer y sin posibilidad de hacer nada”.